CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES/SANHUEZA
Rol
Fecha
4 de julio de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que en el caso de autos el juez de la causa excede las facultades del artículo 441 y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de veintidós de abril del año en curso, dictada por el Décimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N°C-3258-2025 y, en su lugar se decide que un juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese. N°Civil-7461-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, la Ministro (S) señora Verónica Alejandra Sepúlveda Briones y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza.
Fallo
se decide que un juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese. N°Civil-7461-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, la Ministro (S) señora Verónica Alejandra Sepúlveda Briones y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo únicamente presente: Que en el caso de autos el juez de la causa excede las facultades del artículo 441 y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de veintidós de abril del año en curso, dictada por el Décimo Sexto Juzgado C
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