JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

FISCALIA ARICA C/ JONATHAN ALFONSO FRANCOISE GONZALEZ RUIZ

Rol

Fecha

4 de julio de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que, en el presente caso, concurren todos y cada uno de los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal. Los dos primeros se dan por establecidos, con los datos que han sido aportados en la audiencia, donde la representante del Ministerio Publico, dio cuenta de la supuesta dinámica delictiva descrita por la supuesta afectada, la cual habría dado cuenta de la manera de ingreso al inmueble por parte del imputado, además de contarse con un acta de la policía en el mismo sentido. En cuanto a la letra c), se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, habida consideración a la gravedad de la pena asignada al hecho punible en comento y el haber sido condenado anteriormente el imputado, por delitos que la ley señala igual o mayor pena, SE CONFIRMA la resolucion de veintisiete de junio del año dos mil veinticinco, que decreto la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Jonathan Alonso Francoise Gonzalez Ruiz. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 471-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. Arica, cuatro de julio de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol: 471-2025 Penal Ruc: 2500351308-7 RIT: 4052-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministro señor Pablo Zavala Fernández, ministro señor José Delgado Ahumada y abogada Integrante, señora Sandra Negretti Castro. Relator (a): María Pía Bustamante Müller Digitador (a): Adrián S

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