SANDOVAL/RODRÍGUEZ
Rol
Fecha
4 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero. A folio 1 compareció don Maximiliano Mannet Olivares, abogado, quien dedujo la presente Acción Constitucional de Protección en favor de doña Viviana Paz Sandoval Sandoval, cédula nacional de identidad 16.564.541-3 en contra de Ivonne Daniela Rodríguez Torrealba, cédula nacional de identidad 16.174.671-1 en base a los antecedentes que expuso. Indicó que la recurrente tiene 37 años y es pareja de hecho con Sergio Martínez Huenchullán con quien está a la espera de un hijo en común encontrándose en la semana 37 de gestación. Explicó que Sergio es casado, pero separado de hecho con la recurrida, que el cese de la convivencia entre ambos se produjo el 15 de julio de 2024 y que en agosto de 2024 la actora y Sergio Martínez se conocieron e iniciaron una relación. Señaló que en un primer momento la convivencia entre Sergio Martínez y la recurrida fue pacífica, pero cuando la recurrida se enteró de la nueva relación entre Sergio y la recurrente, su actitud se tornó hostil. En este sentido, indicó que la recurrida ha interpuesto múltiples denuncias en contra de Sergio Martínez, en sede penal y de familia, sin perjuicio de ello, el 28 de mayo de 2025 a través de su cuenta de Instagram “@i.lovemyscrubs” la recurrida comentó una fotografía publicada por la actora y don Sergio Martínez señalando “Otro hijo para violar? Par de pedófilos enfermos”. La recurrente añadió que las denuncias efectuadas por la recurrida dicen relación con conductas desplegadas por Sergio Martínez en contra de la hija comuna entre este y la recurrida. Agregó la recurrente que la conducta de la recurrida le ha provocado ansiedad, episodios de miedo, alteraciones del estado de ánimo, insomnio y pesadillas, asilamiento, baja tolerancia al estrés y frustración, taquicardia, dolores musculares, migrañas, aumento del tono uterino y riesgo de parto prematuro, entre otros, a lo que se debe agregar el desprestigio público, la desconfianza en el entorno cercano y un sentimiento de humillación y vergüenza, lo que vulnera su derecho a la integridad física y psíquica tanto de ella como del hijo que está por nacer y su derecho a la honra. Pidió se acoja el recurso y se declare que la conducta desplegada por la recurrida es ilegal, que priva, perturba o amenaza sus derechos y que se ordene a la recurrida abstenerse en el futuro de efectuar publicaciones o comentarios, por cualquier medio, que hagan referencia a doña Viviana Paz Sandoval Sandoval, o a su hijo León o bien, se adopte cualquier otra medida que esta Corte estima procedente, con costas. Segundo. Informó el recurso doña Ivonne Daniela Rodríguez Torrealba quien indicó no conocer a la recurrente ni haber tenido contacto alguno con ella ni presencial ni remotamente, nunca le ha enviado mensajes ni ha emitido comentario alguno respecto de su persona en redes sociales ni en ningún medio. Sin embargo, el 16 de octubre de 2024 refirió que concurrió al Hospital Base de Valdivia a constatar lesiones de su hija de 4 años
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 19 Nº4 y 20, de la Constitución Política de la República y Auto Acordado, Acta 95-2015, de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por doña Viviana Paz Sandoval Sandoval en contra de Ivonne Daniela Rodríguez Torrealba. Comuníquese, regístrese y, en su oportunidad, archívese. Protección-504-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, cuatro de julio de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero. A folio 1 compareció don Maximiliano Mannet Olivares, abogado, quien dedujo la presente Acción Constitucional de Protección en favor de doña Viviana Paz Sandoval Sandoval, cédula nacional de identidad 16.564.541-3 en contra de Ivonne Daniela Rodríguez Torrealba, cédula nacional de identidad 16.174.6
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