SIERRA MONTAÑO, SLEIDER/JUZGADO DE GARANTÍA DE COQUIMBO
Rol
Fecha
4 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que Carlos Daguerressar Calderón, abogado, recurre de amparo en favor de Sleider Sierra Montaño, en contra de resolución del Juzgado de Garantía de Coquimbo, y actuación de Gendarmería de Chile, que lo mantiene privado de libertad en Santiago Sur. Expone que el amparado se encontraba cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de Huachalalume y el 13 de enero 2025 fue sacado del módulo 55 y trasladado al día siguiente a Santiago, destacando que en el penal de esta jurisdicción tenía muy buena conducta, asistía a capacitaciones y cursaba la enseñanza media en el colegio del penal, con intenciones de rendir PAES. Invoca arraigo en la comuna, en cuanto posee domicilio fijo en esta ciudad, impugnando la actuación referida, en cuanto la estima repentina e infundada, con una causal aparente -la falta de visitas- arguyendo que se trata de una medida discriminatoria por su nacionalidad colombiana. Agrega que interpuso una cautela de garantías, resolviendo el juez de garantía de Coquimbo que no existen antecedentes que puedan entender una discriminación, en cuanto los nacionales también son sujetos afectos a esta medida, y que, en el caso del amparado, se precisó que éste cuenta sólo con dos visitas al año, y ninguna en el presente; y que los cursos que hacía en el penal puede hacerlos en Santiago, buscando que tenga mejores condiciones de habitabilidad sin hacinamiento. Sostiene que estos argumentos soslayan los derechos de su representado, quien no puede estar afecto a discriminaciones en su proceso de reinserción, debiendo contar con una red de apoyo, la que no posee en Santiago, deviniendo su traslado en arbitrario, por lo que pide a esta Corte que se decrete el inmediato restablecimiento del derecho y se disponga la continuación del cumplimiento de condena en el penal de Huachalalume. Segundo: Que, en primer lugar, informa Arturo Briceño Rivera, juez de garantía de Coquimbo, quien refiere ser efectivo que en autos 8120-2020, en audiencia de 19 de junio, decidió mantener la decisión de Gendarmería de Chile, en orden a trasladar al sentenciado, quien se encuentra en la mitad del cumplimiento de su condena, iniciada en 2020 y que, el 14 de enero fue traslado a Santiago Sur. Agrega que, en dicha audiencia, previo debate, se invocó informe técnico de traslado número 69, sin que existan antecedentes de discriminación en contra del amparado, habiéndose preguntado al interno cuántas visitas ha tenido durante el último año, indicando que lo visitaba un tío, pero que se devolvió a Colombia, sin registrar visitas este año, recomendando la autoridad su traslado para mejores condiciones de habitabilidad que posibilitarán una adecuada reclusión. Asimismo, destaca que igualmente puede seguir sus cursos y rendir PAES en el nuevo penal, y que el recinto de esta ciudad está llegando o ha sobrepasado su límite, por lo que, todos aquellos internos que se encuentran sin visitas y con la finalidad de propiciar que tengan mejores condicion
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, del año 1932, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Sleider Sierra Montaño en contra del Juzgado de Garantía de esta ciudad y Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol N°382-2025 Amparo.-
Texto Completo (Preview)
Sierra Montaño, Sleider Juzgado de Garantía de Coquimbo Recurso de Amparo Rol N°382-2025.- La Serena, cuatro de julio de dos mil veinticinco. Visto y considerando: Primero: Que Carlos Daguerressar Calderón, abogado, recurre de amparo en favor de Sleider Sierra Montaño, en contra de resolución del Juzgado de Garantía de Coquimbo, y actuación de Gendarmería de Chile, que lo mantiene privado de libe
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