MESSINA GALVEZ MICHELL GENARO/ ENEL DISTRIBUCION S.A.
Rol
Fecha
4 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Michell Genaro Messina Gálvez, quien interpone recurso de protección en contra de ENEL Distribución Chile S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en la realización de cobros por una deuda de consumo de energía eléctrica que no le corresponde, lo que a su juicio vulnera las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N° 21 y 24 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se restablezca el imperio del derecho, ordenando esta Corte a la recurrida que proceda con la revisión y corrección de los cobros realizados a su respecto, en cumplimiento de lo dispuesto por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante ORD N° 256531, de 19 de noviembre de 2024. Relata, que es propietario del departamento 1702 de calle San Isidro N° 377, comuna de Santiago, adquiriendo rentas por concepto de arriendo desde el 30 de abril de 2018 a noviembre de 2023, haciendo presente que en el último año el arrendatario no hizo pago de las respectivas rentas, gastos comunes ni servicios básicos. Refiere que, en estas circunstancias, interpuso una demanda civil al amparo de la ley denominada “devuélveme mi casa”, en autos Rol C-19.775-2023, ante el Segundo Juzgado Civil de Santiago, logrando traspasar al mencionado arrendatario la deuda por consumo de agua, pero no por consumo de energía eléctrica, dado que la parte arrendataria tenía un convenio de pago con la empresa recurrida para el pago de las deudas facturadas, afirmando ENEL Distribución Chile S.A. que la deuda es de la propiedad, precisando el actor que no realizó ninguna solicitud de convenio, por lo que no le corresponde efectuar los respectivos pagos. Hace presente que el 15 de julio de 2024 realizó ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles el reclamo ingreso SEC N° 40715-00394, y que el 19 de noviembre del mismo año, mediante ORD N° 256531 se instruyó a ENEL Distribución Chile S.A. radicar solo los
Fundamentos
considerando solo intereses corrientes no capitalizables, desde la fecha de notificación de la deuda.
Fallo
Por estas consideraciones, solicita en definitiva a esta Corte se ordene a la recurrida a que proceda con la revisión y corrección de los cobros por consumo de energía eléctrica realizados a su respecto, en cumplimiento de lo dispuesto por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante ORD N° 256531, de 19 de noviembre de 2024. Segundo: Que, informa don Cristian Muñoz Levill, abogado, quien informa en representación de Enel Distribución Chile S.A., al tenor de la acción de protección deducida, solicitando el rechazo de la acción deducida en todas sus partes. Refiere en primer término que el presente arbitrio tiene su origen en reclamo realizado por el recurrente ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles por una deuda de consumo de energía eléctrica radicada en la propiedad por un arrendatario, agregando que se instruyó a este respecto la limitación de la radicación de la deuda a un periodo determinado, al tenor de lo expresado en ORD N° 256531, de 19 de noviembre de 2024. Sostiene que en estas circunstancias, su representada se encuentra tramitando la refacturación del cliente, a fin de eliminar la deuda no radicada de la propiedad, esto es, aquella comprendida después de los 45 días contados desde la primera boleta impaga por parte del arrendatario del cliente, y hasta el 24 de enero de 2024, fecha en que quedó ejecutoriado el fallo en el juicio de arrendamiento iniciado por el cliente y por el cual recuperó la posesión de la propiedad, no sien
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Michell Genaro Messina Gálvez, quien interpone recurso de protección en contra de ENEL Distribución Chile S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en la realización de cobros por una deuda de consumo de energía eléctrica que no le corresponde, lo que a su
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