SIN INFORMACION

ARTHUR ALVAREZ NELSON / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO

Rol

Fecha

4 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Arthur Álvarez Nelson, de nacionalidad cubana, con domicilio en Sexta Avenida N°1192, departamento 908, comuna de San Miguel, interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional, don Luis Thayer Correa, domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago; el Ministerio del Interior, representado por su Ministro, don Álvaro Elizalde Soto, domiciliados en Palacio de La Moneda S/N, comuna de Santiago; la Subsecretaria del Interior, representada por su Subsecretario, don Víctor Ramos Muñoz, domiciliados en Palacio de La Moneda S/N, comuna de Santiago; y la Policía de Investigación de Chile, representa por su Director General, don Eduardo Cerna Lozano, domiciliado en General Mackenna N°1314, comuna de Santiago; en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de carta de nacionalización formulada el 11 de noviembre de 2020, lo que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Pide que se ordene a las recurridas pronunciarse sobre la solicitud planteada, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones evacua informe y solicita el rechazo de la acción constitucional deducida por no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal y que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Señala que el recurrente mantiene residencia definitiva en el país; que el 11 de noviembre de 2020 solicitó carta de nacionalización; y que, desde el 10 de agosto de 2023, se encuentra en etapa de “Ratificación Autoridad”, luego de remitirse los antecedentes a la Subsecretaría del

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se declara que: I.- Se rechaza el recurso de protección respecto del Servicio Nacional de Migraciones y la Policía de Investigaciones de Chile. II. Se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Arthur Álvarez Nelson, solo en cuanto se ordena al Ministerio del Interior y la Subsecretaría del Interior dar tramitación a la solicitud del recurrente hasta concluir lo que a ese organismo le corresponda en el proceso en curso, en el plazo de treinta días, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°1328-2025 Protección PAGE 1

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cuatro de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Arthur Álvarez Nelson, de nacionalidad cubana, con domicilio en Sexta Avenida N°1192, departamento 908, comuna de San Miguel, interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional, don Luis Thayer Correa, domiciliados en calle San Antonio

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