SAMUEL DORCEUS/ SERVICIO REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN
Rol
Fecha
3 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece doña Lygens Gourdet, quien interpone recurso de amparo constitucional a favor de Samuel Dorceus, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por estimar que dicha institución ha incurrido en un acto ilegal y arbitrario al negarse a entregar la cédula de identidad solicitada por el amparado, pese a contar con residencia temporal vigente, afectando con ello su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Explica que, el amparado por Resolución Exenta N°24557561 obtuvo su residencia temporal y, en dicha virtud solicitó la emisión de cédula de identidad para extranjeros al Servicio de Registro Civil e Identificación, fijándose como fecha estimada de entrega el 7 de enero de 2025, sin embargo, a la fecha se ha negado arbitrariamente a entregar el documento, sin emitir resolución fundada ni proporcionar razones legales claras de su actuar, por lo que solicita se ordene a la recurrida restaurar el imperio del derecho, haciendo entrega de la cédula de identidad respectiva. A folio 4, informa el Servicio de Registro Civil e Identificación. Indica que, procedió a la fabricación de la cédula identidad del recurrente y que el documento se encuentra disponible para retiro en la Oficina S.O. Mall Plaza Sur desde el día 23 de junio del presente año. A folio 5, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, en la especie, la parte recurrente acusa como acto arbitrario e ilegal la negativa del Servicio de Registro Civil e Identificación a hacer entrega de la cédula de identidad al ciudadano extranjero Samuel Dorceus, pese a contar con residencia temporal aprobada. Tercero: Que, por su parte, la recurrida informó que la cédula de identidad solicitada por el recurrente se encuentra actualmente disponible para ser retirada, no existiendo impedimento alguno para su entrega. Cuarto: Que, en consecuencia, resulta posible afirmar que el asunto sometido a la decisión de esta Corte ha perdido oportunidad, desde que la omisión impugnada ha sido subsanada por la recurrida, no existiendo actualmente amenaza o perturbación en el ejercicio de garantías fundamentales.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Samuel Dorceus, en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3132-2025.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de julio de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece doña Lygens Gourdet, quien interpone recurso de amparo constitucional a favor de Samuel Dorceus, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por estimar que dicha institución ha incurrido en un acto ilegal y arbitrario al negarse a entregar la cédula de id
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