SIN INFORMACION

JOSE GABRIEL AGUILAR PATIÑO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y MINISTERIO DEL INTERIOR

Rol

Fecha

3 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Isidora Paredes Vennek en representación de José Gabriel Aguilar Patiño, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad Nº26.061.371-5, con domicilio en calle Pedro Alarcón Nº900, comuna de San Miguel, interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones y el Ministerio del Interior, con motivo de la dictación de la Resolución Exenta Nº18707 de 9 de junio de 2025, que revocó su residencia definitiva, dispuso el abandono del país y la prohibición de ingreso por cinco años. Explica que la decisión se funda en un ingreso al país por paso no habilitado en el año 2024, decisión que no pondera que lleva más de 7 años de residencia en Chile, cuenta con arraigo laboral y familiar, consistente en su conviviente e hija, ambas de nacionalidad chilena. Solicita se deje sin efecto la decisión recurrida. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa que el recurrente es titular de la residencia definitiva desde el 7 de noviembre de 2019, que por medio del Informe Policial N°1.289 se le informó que ingresó al país de manera irregular por un paso no habilitado. Arguye que de acuerdo al artículo 132 bis de la Ley Nº21.325, el 1 de febrero de 2024, se le informó al extranjero del inicio del procedimiento sancionatorio por infringir la legislación migratoria vigente, quien a modo de descargo admitió su ingreso a territorio nacional de manera irregular. Afirma que para adoptar la decisión impugnada, de acuerdo al artículo 129 de la ley ponderó la gravedad de los hechos, ya que la conducta vulneró los bienes jurídicos de protección de las fronteras y de una migración segura, ordenada y regular, que mantiene antecedentes penales, ya que el 8 de agosto de 2023, fue sobreseído definitivamente tras haber sido querellado por el delito de giro doloso de cheques y que en causa seguida ante el Juzgado de Garantía de los Andes, en causa RIT N°2400-2023, se tuvo por interpuesta la que

Fundamentos

considerando que en sede administrativa no acreditó ni el arraigo familiar ni laboral a los que se hace mención en el recurso. Décimo: Que, en consecuencia, no se verifica en la especie ilegalidad alguna en el acto administrativo recurrido, desde que la resolución exenta impugnada por esta vía fue dictada por la autoridad competente, dentro de sus atribuciones, fundada suficientemente en causa legal y dotada de la motivación necesaria para comprender los fundamentos de la decisión adoptada.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de José Gabriel Aguilar Patiño, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y el Ministerio del Interior. Se previene que la ministra señora Rojas estuvo por condenar en costas al recurrente. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo Nº866-2025.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, tres de julio de dos mil veinticinco. Al escrito de folio 14: a lo principal y segundo otrosí, téngase presente; al primer otrosí, a sus antecedentes. Al escrito de folio 15: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Isidora Paredes Vennek en representación de José Gabriel Aguilar Patiño, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad Nº26.061.371-5, co

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