SIN INFORMACION

MONTERO BORJE ANDRÉS ALEXANDER/DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE (CRC)

Rol

Fecha

3 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don César Antonio Pizarro Pizarro, deduciendo recurso de amparo en favor de don Andrés Alexander Montero Borje en contra de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, denunciando la privación de libertad de este último que el recurrente califica de ilegal y arbitraria, fundada en la inejecución o retardo en el cumplimiento del beneficio de reducción de condena, previsto en la Ley N° 19.856, que habría sido reconocido al amparado por las autoridades penitenciarias y judiciales competentes. Señala el compareciente que Andrés Montero Borje, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, cumple una condena privativa de libertad de ocho años y un día, impuesta por sentencia ejecutoriada del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en causa RUC N° 1700780156-4, habiendo iniciado el cumplimiento de su pena el día 7 de septiembre de 2017, fijándose como fecha original de término el 7 de septiembre de 2025. Explica que, en razón de haber mantenido el amparado una conducta sobresaliente durante el cumplimiento de esta condena, fue postulado por Gendarmería de Chile ante la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena de esta Corte de Apelaciones, la cual, mediante sesión de fecha 30 de mayo de 2025, le habría otorgado por unanimidad la calificación de “sobresaliente”, hecho que habilita legalmente, conforme al artículo 2° de la Ley N° 19.856, a una rebaja de seis meses en su condena, determinándose como nueva fecha de término de cumplimiento de pena el día 7 de marzo de 2025 pasado. Indica que, conforme al artículo 68 del Reglamento de dicha ley (D.S. N° 685 de 2003), el jefe del establecimiento penitenciario debía haber citado al amparado para formalizar la solicitud, y remitido los antecedentes pertinentes con al menos 75 días de anticipación al término de la condena, al Secretario Regional Ministerial de Justicia, quien a su vez debía revisar los requisitos formale

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Andrés Alexander Montero Borje en contra de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2279-2025. En Santiago, tres de julio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de julio de dos mil veinticinco. Al escrito folio 16, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don César Antonio Pizarro Pizarro, deduciendo recurso de amparo en favor de don Andrés Alexander Montero Borje en contra de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, denunciando la privación de libertad de este último que el recurrente

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