JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ ALEX RODRIGO TAPIA GONZALEZ

Rol

Fecha

2 de julio de 2025

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye a los encartados. Lo anterior

Fundamentos

considerando el parte policial, diligencias investigativas realizadas por el OS7, acta de medicamentos incautados controlados por la Ley 20.000 y su respectivo pesaje. 3°) Que, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, ésta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración los delitos por los cuales se formalizó la investigación, esto es, Tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3 de la ley 20.000 y cultivo de especies vegetales del género cannabis, la gravedad de la pena asignada a uno de ellos, la forma de cumplimiento en el evento de mediar condena y el haber actuado en grupo o pandilla, lo que permite estimar que la libertad de los imputados, por medio de la aplicación de una cautelar menos gravosa, importa un peligro para la seguridad de la sociedad.  Por estos fundamentos y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha veintiséis de junio del año en curso, pronunciada por el Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Juan Carlos Orellana Venegas, que dispuso la medida cautelar prisión preventiva respecto de los imputados Alex Rodrigo Tapia González y Patricia Carmen Iglesia Paine. Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal N°737-2025.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, dos de julio de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, existen elemen

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