SIN INFORMACION

BANCO DE CHILE/SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PARROQUIA

Rol

Fecha

2 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado José Manuel Nava Sánchez, en representación de BANCO DE CHILE, sociedad anónima del giro bancario, rol único tributario número 97.004.000-5, con domicilio en Ahumada número 251, comuna de Santiago, ejecutante en autos sobre juicio de desposeimiento caratulado ““BANCO DE CHILE con SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PARROQUIA”, tramitada bajo el Rol C-957-2017, del Juzgado de Letras de Illapel, interponiendo falso recurso de hecho en contra de la resolución de dos de diciembre de dos mil veinticuatro, en virtud de la cual se concedió un recurso de apelación subsidiario, interpuesto por la ejecutada Sociedad Contractual Minera Parroquia, contra la resolución de 23 de octubre de 2024 que rechazó un incidente de nulidad de lo obrado en el cuaderno de desposeimiento. Señala que, por sentencia de 23 de octubre de 2024, el tribunal de primera instancia rechazó el incidente de nulidad promovido por la ejecutada en folio 97. Luego, por presentación de 26 de octubre del mismo año, la parte ejecutada interpone recurso de reposición, con apelación en subsidio, contra la resolución precitada. Finalmente, por resolución de 02 de diciembre de 2024, el tribunal rechaza el recurso de reposición y concede la apelación subsidiaria. Alega el recurrente que el tribunal a quo concedió una apelación subsidiaria improcedente, toda vez que la resolución impugnada corresponde a una sentencia interlocutoria, a la luz de lo prescrito por el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que la resolución que desestima un incidente de nulidad establece derechos permanentes en favor de las partes, pues queda asentado que no podrá discutirse nuevamente la validez del requerimiento de desposeimiento que la ejecutada impugnó. Enseguida, señala que de acuerdo a lo prescrito en el artículo 181 del Código de Procedimiento Civil y atendida la naturaleza jurídica de la resolución impugnada, la ejecutada debió recurrir directamente de

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad además con lo prescrito en el artículo 196 y 203 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el falso recurso de hecho interpuesto por el abogado José Manuel Nava Sánchez, en contra de la resolución de dos de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada en los autos Rol C-957-2017 del Juzgado de Letras de Illapel. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Montenegro, quien estuvo por acoger el falso recurso de hecho y declarar inadmisible el recurso de apelación, teniendo presente que la resolución apelada de 23 de octubre de 2024, que rechazó el incidente de nulidad de todo lo obrado en el cuaderno de desposeimiento, al tener la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria, resultaba apelable en forma directa, acorde a lo establecido en los artículos 187 y 188 del Código de Procedimiento Civil, exigencia procesal a la que no dio cumplimiento la parte ejecutada, motivo por el cual, la apelación subsidiaria resultaba improcedente. Déjese copia de lo resuelto en causa Rol N°1960-2024 Civil de esta Corte. Comuníquese lo resuelto. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°1986-2024 Civil.-

Texto Completo (Preview)

Banco de Chile Juzgado de Letras de Illapel Recurso de hecho (falso) Rol Nº1986-2024 Civil. La Serena, dos de julio de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado José Manuel Nava Sánchez, en representación de BANCO DE CHILE, sociedad anónima del giro bancario, rol único tributario número 97.004.000-5, con domicilio en Ahumada número 251, comuna de Santiag

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