FISCALIA IQUIQUE C/ MAURO MAMANI FLORES
Rol
Fecha
2 de julio de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Iquique, dos de julio de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Los argumentos expuestos por los intervinientes en estrado, los
Fundamentos
fundamentos expresados por el tribunal a quo para decretar la prisión preventiva, que la defensa no controvirtió los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y que la necesidad de cautela se encuentra justificada por la gravedad de la pena asignada al delito, que tiene el carácter de crimen y contempla un cumplimiento efectivo, se suma la forma de comisión de los hechos, al haber ingresado los imputados la droga al país en sus propios cuerpos, y la evidente falta de arraigo social y familiar en Chile, antecedentes que en su conjunto permiten concluir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y un evidente peligro de fuga; y considerando, además, lo establecido en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha veinticinco de junio de dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva de los imputados MAURO MAMANI FLORES, FILBERTO PEÑARANDA FERREIRA y ERIKA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ. Rol N°474-2025 Penal.
Texto Completo (Preview)
Iquique, dos de julio de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Los argumentos expuestos por los intervinientes en estrado, los fundamentos expresados por el tribunal a quo para decretar la prisión preventiva, que la defensa no controvirtió los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y que la necesidad de cautela se encuent
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica