SOCIEDAD DE TRANSPORTE CORMAR II LIMITADA/CRUZ SOLORZARO,
Rol
Fecha
1 de julio de 2025
Materia
FACTURA, COBRO DE
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo particularmente presente lo obrado en el cuaderno de apremio en orden al pago total de la deuda y el alzamiento del embargo decretado, es que solo cabe colegir que la apelación subsidiaria interpuesta por la parte demandada en contra de la resolución de nueve de enero de dos mil veinticinco ha perdido oportunidad, por lo que se omite pronunciamiento respecto de esta. Devuélvase vía interconexión. Rol N°171-2025 Civil.-
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La Serena, uno de julio de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo particularmente presente lo obrado en el cuaderno de apremio en orden al pago total de la deuda y el alzamiento del embargo decretado, es que solo cabe colegir que la apelación subsidiaria interpuesta por la parte demandada en contra de la resolución de nueve de enero de dos mil veinticinco ha
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