JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN FELIPE

ESCOBAR/SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A

Rol

Fecha

1 de julio de 2025

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: En estos autos Rol I.C. N°Reforma Laboral 742-2024, se ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia de nueve de septiembre de dos mil veinticuatro pronunciada en los autos RIT O-47-2024 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Felipe, que acoge, sin costas, la demanda de despido injustificado deducida por don Alexander Steve Escobar Vergara en contra de Santa Isabel Administradora S.A. y, en consecuencia, ordena pagar las sumas que allí se señalan. El recurso lo deduce el abogado Fernando Maturana Crino, en representación de la demandada, solicitando “se anule la sentencia recurrida y sin nueva vista de la causa, proceda a dictar la correspondiente sentencia de reemplazo, declarando que la sentencia es nula por afectarle el vicio contemplado en la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, esto es, por haber sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, en lo referido a considerar que no es posible acreditar una infracción al sistema de puntos Cencosud.(sic). El día 26 de junio se realizó la audiencia para conocer de amos recursos. OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que la demandada pretende la nulidad de la sentencia pronunciada en estos antecedentes, por estimar que en ella se han infringido las normas sobre apreciación de la prueba de conformidad a las reglas de la sana critica, en específico, el principio de razón suficiente. Segundo: Que, fundando el recurso y luego de reproducir los antecedentes de la causa y el considerando décimo, hace una relación de lo que se entiende por sana crítica, para concluir que el

Fallo

fallo ha infringido el principio de razón suficiente. A continuación, refiere lo que se entiende por sana crítica e indica que la sentencia no da motivos para acoger la demanda, aserto que sustenta en tres argumentos. En primer lugar, indica que el sentenciador señala que no habría forma, de acuerdo con la prueba aportada en juicio, para identificar al actor como aquel que habría estado en la caja los días que se realizaron las compras que se imputan en la carta de despido. Expresa que para arribar a dicha conclusión no examina toda la prueba, sino que simplemente indica que en los videos aportados por su representada “(…) en estos se observan varias cajas de un supermercado, sin distinguir alguna en particular (por ejemplo, caja N° 1, 5 o 10), las cuales son operadas por personas que no se pueden individualizar con algún grado aceptable de certeza.” (Considerando Octavo). Estima que, sin embargo, en la prueba testimonial del don Iván Alfredo González Vargas, el testigo identifica al actor en la caja, cuando se le exhibe el video uno incorporado en autos, señalando “…que hay una persona comprando y se trata de un cliente habitual del local; dice que lo nota porque siempre lleva harina y señala que el cliente siempre escogía al señor Alexander para pasar por la caja de él. Que llegó a esa conclusión, debido a que existen otras grabaciones y que por ello dio cuenta a su jefatura. Indica que el demandante está de cajero atendiendo. Dice que lo que, es que está comprando sacos d

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, uno de julio de dos mil veinticinco. Vistos: En estos autos Rol I.C. N°Reforma Laboral 742-2024, se ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia de nueve de septiembre de dos mil veinticuatro pronunciada en los autos RIT O-47-2024 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Felipe, que acoge, sin costas, la demanda de despido injustificado deducid

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