SIN INFORMACION

BARRAZA/UNIVERSIDAD DE CONCEPCION

Rol

Fecha

1 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece el abogado Brayan Acuña González, en representación de don Yonattan Eduardo Barraza Quiñones, interponiendo acción de protección contra de la Universidad de Concepción, por considerar que ha sido vulnerado en sus garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 número 2, 3, y 24 de nuestra Carta Fundamental. Expone que en el año 2010 ingresó a estudiar Medicina Veterinaria en la Universidad de Concepción, campus Chillán, con el número de matrícula 201040737. Carrera cuyo arancel decidió financiar con el Crédito Aval del Estado y Crédito Fondo Solidario de la Universidad de Concepción. Señala que debido a una serie de situaciones personales complejas, como el nacimiento de su hijo en el año 2013, la difícil relación con la madre de éste, problemas económicos que le generaron la necesidad de trabajar en jornadas de 40 a 45 horas semanales, su rendimiento académico disminuyó, reprobando asignaturas en varias oportunidades por no tener el tiempo suficiente para poder estudiar o repasar. Sostiene que, tras lo anterior, y gracias a apoyo psicológico y psiquiátrico, logró estabilizarse laboral, emocional y por sobre todo académicamente, logrando de forma satisfactoria en el año 2019 aprobar todas las asignaturas de pregrado de medicina veterinaria, como asimismo el correspondiente examen de grado de dicha carrera. Y luego de entregar su informe de pasantía- la que se vio postergada por el período de pandemia- rindió si examen de título el día 24 de junio de 2024, aprobando con distinción. Con ello cumplido, señala que la secretaria de carrera de la facultad de Medicina Veterinaria de la Universidad de Concepción Campus Chillán, hace entrega física de un documento con todos y cada uno de los documentos necesarios para la entrega de su título universitario. Con fecha 14 de Abril del presente año, habiendo transcurrido prácticamente un mes desde la remisión de los documentos faltantes para la obtención de su título, fue a las dependenci

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por el abogado Brayan Acuña González, en representación de don Yonattan Eduardo Barraza Quiñones contra de la Universidad de Concepción, por haber perdido oportunidad. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción del Ministro señor Guillermo Arcos Salinas. No firma el abogado integrante señor Baltazar Guajardo Carrasco, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por no integrar el día de hoy. Rol N° 387-2025.- Protección.-

Texto Completo (Preview)

Chillán, uno de julio de dos mil veinticinco Visto: 1°.- Que, comparece el abogado Brayan Acuña González, en representación de don Yonattan Eduardo Barraza Quiñones, interponiendo acción de protección contra de la Universidad de Concepción, por considerar que ha sido vulnerado en sus garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 número 2, 3, y 24 de nuestra Carta Fundamental. Expone q

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