SÁNCHEZ/ISAPRE CONSALUD S.A.
Rol
Fecha
1 de julio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Giancarlo Pesce Carreño, quien deduce acción de protección en favor de Pablo Andrés Sánchez Rivera, y en contra de Isapre Consalud S.A., por su actuar ilegal y arbitrario, consistente en no cumplir con el mismo trato en la cobertura de prestaciones de salud mental, otorgando menores beneficios de los que legalmente corresponden, lo cual vulneraria las garantías establecidas en los numerales 1°, 2°, 9° y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la Republica. Señala que el recurrente se encuentra adscrito a un plan de salud con la Isapre recurrida, el que contrató sin preexistencias y sin restricción alguna de coberturas para patologías. Refiere que el artículo 190 del D.F.L. Nº1 del Ministerio de Salud, de 2005, permitía a las Isapres crear planes de salud con coberturas reducidas para determinadas prestaciones, y que el plan de salud del recurrente es justamente de aquellos que poseen una cobertura restringida en prestaciones de salud mental, marco normativo que fue derogado por la Ley N°21.331. Agrega que la Superintendencia de Salud dictó la Circular IF/N°396, de 8 de noviembre de 2021, a fin de asegurar que los nuevos planes de salud suscritos no otorguen a las prestaciones de salud mental una cobertura inferior a la que se contempla para las enfermedades físicas, pero nada dijo respecto de los planes antiguos, generando una discriminación entre los afiliados, contraviniendo lo preceptuado en el artículo 3° de la Ley N°21.331, que establece los principios de no discriminación y de acceso universal, entre otros. Solicita se declare ilegal y arbitrario el actuar de la recurrida; que la recurrida debe dejar sin efecto la aplicación de ese criterio y dar cobertura completa a todas las prestaciones de salud mental, sin excepción y sin limitación alguna, de la misma forma que las demás prestaciones; todo lo anterior, con costas. Segundo: Que informando la Isapre Consalud S.A., solicita a la Corte se absten
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Pablo Andrés Sánchez Rivera, en contra de Isapre Consalud S.A. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-18215-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. Santiago, uno de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Giancarlo Pesce Carreño, quien deduce acción de protección en favor de Pablo Andrés Sánchez Rivera, y en contra de Isapre Consalud S.A., por su actuar ilegal y arbitrario, consistente en no cumplir con el mismo trato en la cobertura de prestaciones de salud mental, otorgando menore
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