8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ GABRIEL ALEJANDRO NAVARRO FEBRES

Rol

Fecha

30 de junio de 2025

Materia

ROBO POR SORPRESA. ART. 436 INC. 2°

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y escuchados los intervinientes: Estimando esta Corte que no ha existido en la especie un cambio de circunstancias que amerite variar el régimen cautelar que pesa sobre el imputado y,

Fundamentos

considerando que la libertad del encausado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida, además, la reiteración en los delitos; el hecho de haberse presentado acusación en su contra; la naturaleza del delito que se le atribuye la forma y circunstancias de la comisión de los hechos y la sanción penal asignada a éstos, se concluye que la única medida cautelar que resulta proporcional es la prisión preventiva. Por estos fundamentos y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 140 y 149, ambos del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintisiete de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, que revocó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Gabriel Alejandro Navarro Febres y su lugar,

Fallo

se decide que se mantiene la referida cautelar a su respecto. Comuníquese lo resuelto. Rol Corte Nro. 3258-2025 (Penal) Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, treinta de junio de dos mil veinticinco. Sala: Undécima Rol Corte: Penal-3258-2025 Ruc: 2401403863-5 Rit : O-8968-2024 Juzgado: 8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los ministros señor Miguel Eduardo Vázquez Plaza, señorita Romy Grace Rutherford Parentti y el abogado integrante señor Rafael Mauricio Plaza Reveco Relator: Juan Pablo Lobiano Correa

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