ANONIMIZADO
Rol
Fecha
30 de junio de 2025
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que, el Juzgado de Familia de Peralillo, con fecha 1 de abril del año en curso, se declaró incompetente para seguir conociendo de esta causa, remitiéndola al Juzgado de Familia de Pudahuel, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 54-1 de la Ley N°19.968 y 87 de la Ley N°19.947. 2.- Que, a su vez, el Juzgado de Familia de Pudahuel, mediante resolución de seis de mayo de dos mil veinticinco, rechazó la competencia declinada, en razón de que el declinante habría derivado los antecedentes bajo una modalidad que no se encuentra prevista en los artículos 101 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, treinta de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1.- Que, el Juzgado de Familia de Peralillo, con fecha 1 de abril del año en curso, se declaró incompetente para seguir conociendo de esta causa, remitiéndola al Juzgado de Familia de Pudahuel, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 54-1 de la Ley N°19.968 y 87 de la Ley N°19.947. 2.- Que, a s
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