JUZGADO DE FAMILIA PUENTE ALTO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

30 de junio de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los

Fundamentos

fundamentos del tribunal a quo, teniendo en cuenta que no existen, por ahora, antecedentes respecto de la capacidad económica de los demandados y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma la resolución apelada de tres de abril del año en curso, pronunciada por el Juzgado de Familia de Puente Alto en los autos RIT: C-505-2024. Devuélvase. N° Familia-547-2025

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta de junio de dos mil veinticinco. Al folio 17: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los fundamentos del tribunal a quo, teniendo en cuenta que no existen, por ahora, antecedentes respecto de la capacidad económica de los demandados y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma la resolución ap

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