1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ARTEAGA/COMERCIAL SUDAMERICANA SPASUDAMERICANA S.P.A.

Rol

Fecha

11 de julio de 2025

Materia

PRESTACIONES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo las normas del procedimiento de aplicación general, se sustanciaron los autos RIT O-7833-2023, por despido injustificado, cobro de indemnizaciones y prestaciones adeudadas, caratulados: “Arteaga Ávila, Alejandro Custodio con Comercial Sudamericana SPA.” Por sentencia dictada con fecha diez de mayo de dos mil veinticuatro, el juez don Mauricio Vidal Caro, resolvió acoger parcialmente la demanda. Así, declaró injustificado el despido del actor y, en consecuencia, condenó a la empresa demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio, aumentada esta última con el recargo legal del 80%, más reajustes e intereses, sin costas. En contra de este fallo, el abogado don Francisco Fernández Silva Ávila, en representación de la compañía demandada, Comercial Sudamericana SPA., dedujo recurso de nulidad, sustentando su arbitrio en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, infracción de ley que influye en la parte dispositiva de la sentencia, en este caso transgresión a los artículos 162 y 454 N°1 del mismo texto laboral. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día diecinueve de mayo del año en curso, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: El abogado que representa a la empresa demandada, Comercial Sudamericana SPA., ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, fundado en la causal del artículo 477 del Texto laboral en su hipótesis de infracción de ley que influye en la parte que en definitiva el

Fallo

fallo dispone, en este caso a los artículos 162 y 454 N°1 del mismo texto legal. Segundo: La recurrente argumenta en su escrito que contiene el recurso, que despidió al trabajador demandante sobre la base de la casual instituida en el numeral 7° del artículo 160 del estatuto del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, dando cumplimiento al envío de la carta aviso conforme lo regula el artículo 162 del mismo Cuerpo Normativo, que cumple los requisitos del caso de detallar en forma clara y precisa los incumplimientos, que en síntesis es debido a que el trabajador y demandante: “..autorizó, de forma indebida e improcedente, el no pago inmediato de una serie de facturas de venta, lo cual incidió en que la compañía entregara productos a clientes que luego no pagaban por ellos, generando un gravísimo perjuicio a Comercial Sudamericana SpA. Lo anterior consta en los timbres y firmas de una serie de facturas en las cuales usted, de forma expresa o mediante algún vendedor, autorizaba que los productos fuesen pagados “con posterioridad” vía transferencias que no se efectuaban y en oportunidades declarando que estos productos ya estaban pagados, cuestión que no era efectiva, debiendo la empresa sufrir los perjuicios por este grave proceder. Abunda la gravedad de su incumplimiento el hecho de que estas autorizaciones de no pago inmediato se hiciesen sin la aprobación expresa de su jefatura ni de la gerencia de la empresa...”. Tercero: Agrega q

Texto Completo (Preview)

7 Santiago, once de julio de dos mil veinticinco. Vistos: Ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo las normas del procedimiento de aplicación general, se sustanciaron los autos RIT O-7833-2023, por despido injustificado, cobro de indemnizaciones y prestaciones adeudadas, caratulados: “Arteaga Ávila, Alejandro Custodio con Comercial Sudamericana SPA.” Por sentencia dictada co

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