ANONIMIZADO
Rol
Fecha
30 de junio de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente los gastos acreditados del alimentario y la declaración patrimonial realizada por el alimentante con posterioridad a la presentación de este recurso, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se confirma la resolución apelada de ocho de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Familia de Puente Alto, con declaración que se aumenta la pensión de alimentos provisoria que debe pagar el demandado [Lucas] a la cantidad de 7,27 Unidades Tributarias Mensuales, que a la fecha equivale a $500.066.- (quinientos mil sesenta y seis pesos)....
Texto Completo (Preview)
San Miguel, treinta de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente los gastos acreditados del alimentario y la declaración patrimonial realizada por el alimentante con posterioridad a la presentación de este recurso, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se confirma la resolución apelada de ocho de abril del
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