BARAONA/ASSURANT CHILE COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES S.A. (ACUM. ING. CORTE 16678-2022) (CASACIÓN Y APELACIÓN) (LTE)
Rol
Fecha
30 de junio de 2025
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
ACOGE CASACIÓN
Hechos
Vistos: En estos autos sobre juicio ordinario, seguido ante el 19° Juzgado Civil de Santiago Rol C-5965-2020, caratulado “Baraona/Assurant Chile Compañía de Seguros Generales S.A.”, el once de octubre de dos mil veintidós se dictó sentencia definitiva que acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual interpuesta por Roberto Baraona Undurraga en contra de Assurant Chile Compañía de Seguros Generales S.A. condenando a ésta última a pagar al actor los daños avaluados en la vivienda en el monto máximo de 30 unidades de fomento por evento máximo anual que alcanza la cobertura del seguro por rotura de cañerías, previa deducción del deducible estipulado, mas reajustes, intereses y costas. En contra de esta sentencia tanto la parte demandante cuanto la demandada dedujeron sendos recursos de casación en la forma y apelación. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que el demandante sustenta el recurso de nulidad formal en la causal contemplada en el artículo 768 N°4 del Código de Procedimiento Civil, esto es en haber sido dada en ultra petita. Sostiene, en síntesis, que el tribunal excedió sus facultades, pues de oficio no puede limitar el alcance de una cobertura de seguro, que exige presupuestos de hecho para operar que no se acreditaron. Añade que en cualquier caso la prueba rendida es contraria a la manera que el tribunal concluyó, cuyo proceso de liquidación debe efectuar por la parte demandada. Asevera que su representada no pudo rendir prueba alguna para desvirtuar la alegación del monto máximo de cobertura, pues precisamente ese aspecto no fue objeto del debate, sino si correspondía o no otorgar cobertura para una “rotura de cañerías”. Insiste en que el litigio de autos, en ningún escrito, presentación o discusión, las partes introdujeron al debate el límite acerca del monto máximo de indemnización, limitando éste a solo 30 UF. Solicita se invalide la sentencia recurrida y dicte una sentencia de remplazo que acoja la demanda interpuesta, con expresa condena en costas. Segundo: Que por su parte el demandado sustenta el arbitrio de nulidad formal en la causal prevista en el N° 9 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “En haberse faltado a algún trámite o diligencia declarados esenciales por la ley o a cualquier otro requisito por cuyo defecto las leyes prevengan expresamente que hay nulidad”, en relación con lo estatuido en el artículo 795 Número 4º del Código de Procedimiento Civil, esto es, “4°. La práctica de diligencias probatorias cuya omisión podría producir indefensión” y 3° El recibimiento de la causa a prueba cuando proceda con arreglo a la ley. Previa cita del artículo 414 del Código de Enjuiciamiento Civil, sostiene que su parte solicitó la designación de un perito con la especialidad de ingeniero en construcción para determinar el origen de la filtración y época en que ésta ocurre; y que en la audiencia respectiva no hubo acuerdo entre las partes en torno a su designación, por lo que el Tribunal proveyó “como se pide, autos”. Añade que el Tribunal no procedió a la designación del perito y que con ello, lo priva de la posibilidad de rendir prueba fundamental en la causa, simplemente citando a las partes a oír sentencia, impidiendo la rendición de prueba pericial solicitada y aceptada por el tribunal, lo que ha provocado la indefensión de su parte. Explica que a solicitud del actor, mediante resolución de 8 de junio de 2022, se apercibió al mismo demandante a “dar curso progresivo a los autos, dentro de 10 días hábiles, bajo apercibimiento de resolver con los antecedentes que obren en autos.” Refiere que respecto de dicha resolución presentó un recurso de rectificación, para que se indicara que era al demandado a quien se apercibió, acogiéndose su solicitud el 15 de junio del mismo año, por lo que es desde esa fecha que rige el apercibimi
Fallo
por tanto, se concluye que el las fugas de aguas originadas por desacoples de cañerías, forman parte de cobertura la póliza de autos.”. Octavo: Que así las cosas y de acuerdo con lo precedentemente anotado, el tribunal debía entonces, para resolver la controversia, específicamente si el desacople de cañerías se asimila a la rotura de cañerías, que es el evento cubierto por la póliza, proceder a la designación del perito que se encontraba pendiente, pues una decisión contraria coarta el derecho de la parte a valerse de un medio probatorio que la ley contempla, afectando su legítima defensa y eventualmente podría producir indefensión. Este último hecho es el que la ley pretende a toda costa evitar, al consagrar como trámite esencial, cuya omisión carrea la nulidad de la sentencia, el del N° 4 del artículo 795 antes aludido. Para el legislador es suficiente con que la omisión de la práctica de la diligencia pueda producir indefensión, que exista la posibilidad y no que efectivamente la produzca. No obstante, el tribunal, apartándose de la ley, no designó al perito encontrándose obligado a ello, al haber accedido a la diligencia en su oportunidad. Noveno: Que, de este modo, aparecen plenamente configurados los presupuestos de hecho de la causal prevista en el N° 9 del artículo 768, en relación con el N° 4 del artículo 795, todos del Código de Procedimiento Civil, motivo por el cual corresponde que el acoger el recurso de nulidad formal. Décimo: Que atendido lo que viene de se
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta de junio de dos mil veinticinco. Vistos: En estos autos sobre juicio ordinario, seguido ante el 19° Juzgado Civil de Santiago Rol C-5965-2020, caratulado “Baraona/Assurant Chile Compañía de Seguros Generales S.A.”, el once de octubre de dos mil veintidós se dictó sentencia definitiva que acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractua
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica