JUZGADO DE GARANTIA DE CURACAVI

MP C/DANILO ENRIQUE ÁLVAREZ ARANCIBIA Y BRANDON ISRAEL ÁLVAREZ

Rol

Fecha

30 de junio de 2025

Materia

CONDUCCION SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 196 D LEY 18.290

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento dispone que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con las medidas que al efecto contempla el artículo 155 del Código Procesal Penal, ya dispuestas por el a quo. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiuno de junio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Curacaví, respecto de los imputados Danilo Enrique Álvarez Arancibia Y Brandon Israel Álvarez Álvarez. Devuélvase, vía interconexión. N° Penal-2131-2025

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiuno de junio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Curacaví, respecto de los imputados Danilo Enrique Álvarez Arancibia Y Brandon Israel Álvarez Álvarez. Devuélvase, vía interconexión. N° Penal-2131-2025

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta de junio de dos mil veinticinco Sala: Segunda Sala Rol Corte: 2131-2025 Penal. RIT: 950-2025 JUZGADO DE GARANTÍA DE CURACAVI Relator: Enrique Cossio Vásquez. Caratulado: MP. C/DANILO ENRIQUE ALVAREZ ARANCIBIA y BRANDON ISRAEL ALVAREZ Tipo de Recurso: Apelación cautelar personal Escritos proveídos en audiencia: 2 (folios 4 y 5) San Miguel, treinta de junio de dos mil veinticin

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