ANONIMIZADO
Rol
Fecha
30 de junio de 2025
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, habiéndose tenido por evacuado el traslado de la solicitud de rebaja provisoria de pensión de alimentos sólo por resolución de 20 de marzo de 2025, folio 51, esto es, con posterioridad a la resolución que resolvió conceder dicha rebaja, de 17 de marzo del año en curso, folio 48, no resulta ajustado a derecho mantener vigente esta última resolución. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se revoca, en lo apelado, la resolución de veinte de marzo de dos mil veinticinco, folio 51, sólo en la parte que resolvió: “En lo demás rija todo lo...
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se revoca, en lo apelado, la resolución de veinte de marzo de dos mil veinticinco, folio 51, sólo en la parte que resolvió: “En lo demás rija todo lo...
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, treinta de junio de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, habiéndose tenido por evacuado el traslado de la solicitud de rebaja provisoria de pensión de alimentos sólo por resolución de 20 de marzo de 2025, folio 51, esto es, con posterioridad a la resolución que resolvió conceder dicha rebaja, de 17 de marzo del año en curso, folio
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica