14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ NELSON ALEXSANDER FUENTEALBA LUMAN

Rol

Fecha

28 de junio de 2025

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y OIDAS LAS INTERVINIENTES: Que en la especie se encuentran, en opinión de esta Corte, los antecedentes de existencia del delito y las presunciones fundadas de participación, tratándose de un hecho bastante grave, como es el de robo con violencia, en donde incluso los infractores se prevalieron de armas blancas, hubo actuación en grupo y además siendo las víctimas menores de edad, configurándose por dichos

Fundamentos

motivos la necesidad de cautela que impiden adoptar una medida cautelar menos gravosa, concurriendo por dicho motivo el peligro para la seguridad de la sociedad, por peligro de reiteración.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 149 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha veintisiete de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, por la que no se accedió a la solicitud del Ministerio Público y, en su lugar, se decreta la medida cautelar de internación provisoria de los imputados adolescentes Nelson Alexsander Fuentealba Luman y Yampier Yuliano Ramos Ramos, por estimar que la libertad de ambos constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra de la Ministra (S) Sra. Sepúlveda, quien fue del parecer de confirmar la resolución apelada por compartir los fundamentos esgrimidos por el juez a quo y por cuanto en lo que respecta a la necesidad de cautela, la medida cautelar de prisión preventiva resulta desproporcionada a la luz de lo previsto en el artículo 33 de la Ley 20.084 y artículo 37 b) de la Convención de los Derechos del Niño, considerando además, la edad de los adolescentes imputados, que no poseen condenas previas y la sanción probable; por lo que, dada la excepcionalidad de la medida cautelar de privación de libertad tratándose de menores de edad, deben preferirse medidas cautelares menos intensas para resguardar los fines del procedimiento y evitar la fuga de los imputados, siendo idóneas las que se mencionan en la resolución recurrida. Comuníquese por la vía más rápida Devuélvase la competencia. Penal N

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, veintiocho de junio de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-3260-2025 Ruc: 2500888464-4 Rit : O-3825-2025 Juzgado: 14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministra señora Inelie Durán Madina, la Ministra (S) señora Veronica Alejandra Sepulveda Briones y el Abogado Integrante señor Cristian Parada Bustamante Relator: Carlos Ramí

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica