MP C/ PEDRO CLAUDIO ESCARATE MORENO
Rol
Fecha
28 de junio de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que del mérito de los antecedentes expuestos, atendidas las circunstancias de comisión, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con las medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, decretadas por el tribunal a quo. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintisiete de junio en curso, dictada en los autos RIT 3026-2025, por el 11°Juzgado de Garantía de Santiago, que impuso en contra del imputado Pedro Claudio Escárate Moreno, las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del mismo cuerpo legal, consistente, arresto domiciliario total y arraigo nacional. Acordada con el voto en contra del ministro señor Hernán García Mendoza, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada y disponer la prisión preventiva de Escárate Moreno, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, atendida la naturaleza del delito atribuido al imputado, bien jurídico protegido y la circunstancia de registrar antecedentes penales pretéritos por delito de la misma especie. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2133-2025 Penal
Texto Completo (Preview)
Fecha: a veintiocho de junio de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: 2133-2025 RIT: 3026-2025 Ruc: 2500884599-1 Tribunal: 11° Juzgado de Garantía de Santiago Relator (a): M. Isabel Saavedra Reyes Abogado asesor del Ministerio Público: Juan Meli Araya Defensora penal pública: Dayanna Miranda Nilo Imputado: Pedro Claudio Escarate Moreno Tipo de Recurso: Apelación- cautelar Delito: Microtráf
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