SIN INFORMACION

SALVO/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.

Rol

Fecha

2 de julio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece José Eduardo Carvajal Moraga, abogado, en favor de Patricia Salvo Ferrada, interponiendo recurso de protección en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en adecuar unilateralmente el precio del plan de salud del recurrente mediante la incorporación de una Prima Extraordinaria, vulnerando las garantías constitucionales del artículo 19 Nº2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que la Isapre informó dicho aumento mediante carta enviada fuera del plazo establecido en la Circular IF/N°482 de la Superintendencia de Salud, que fijaba como fecha límite el 21 de octubre de 2024, Prima Extraordinaria, aumentando su valor. Sostiene que el incremento supera el límite del 10% establecido en la normativa, pues la Isapre aplicó el reajuste sobre un valor ya incrementado previamente en un 7%, mediante un cálculo confuso y poco transparente. Argumenta que esta "Prima Extraordinaria" constituye realmente un aumento unilateral y permanente del precio del plan, pues no se estableció un tiempo límite para su cobro, lo que vulnera los derechos adquiridos por el afiliado al momento de contratar. Añade que se traslada el riesgo empresarial al afiliado, pues la prima está destinada a financiar el cumplimiento del fallo de la Corte Suprema que ordenó a la Isapre restituir lo cobrado en exceso por aplicación indebida de tablas de factores. Señala que la Ley Corta N°21.674, que autoriza este aumento, contradice los fallos de la Excma. Corte Suprema que establecían que la aplicación de la tabla única no podía ser motivo para recalcular o modificar los precios de los planes. Fundamenta su recurso en el derecho de propiedad sobre su contrato de salud, sosteniendo que dicha ley no satisface los requisitos constitucionales para afectar este derecho, constituyendo una expropiación encubierta. En definitiva, solicita que se acoja el recurso, declarando el alza

Fallo

fallo de la Corte Suprema que ordenó a la Isapre restituir lo cobrado en exceso por aplicación indebida de tablas de factores. Señala que la Ley Corta N°21.674, que autoriza este aumento, contradice los fallos de la Excma. Corte Suprema que establecían que la aplicación de la tabla única no podía ser motivo para recalcular o modificar los precios de los planes. Fundamenta su recurso en el derecho de propiedad sobre su contrato de salud, sosteniendo que dicha ley no satisface los requisitos constitucionales para afectar este derecho, constituyendo una expropiación encubierta. En definitiva, solicita que se acoja el recurso, declarando el alza arbitraria e ilegal, conservando las condiciones pactadas con expresa condenación en costas. Segundo: Que evacúa informe Isapre Colmena Golden Cross S.A. solicitando el rechazo de la acción constitucional de protección. Sostiene que la actuación de la recurrida se ajusta estrictamente al marco legal vigente, en especial a la Ley Nro. 21.674 y a las Circulares IF/Nro. 470 e IF/Nro. 482 de la Superintendencia de Salud. Explica que la prima extraordinaria cuestionada se enmarca en el plan de pago y ajustes que las Isapres debieron presentar conforme al artículo 3° de la ley citada en el párrafo anterior, el cual fue revisado por el Consejo Consultivo sobre Seguros Previsionales y aprobado por la Superintendencia de Salud mediante Resolución Exenta Nro. 4.405 de 8 de octubre de 2024, posteriormente modificada por Resolución Exenta Nro. 1

Texto Completo (Preview)

C.A de Santiago Santiago, dos de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece José Eduardo Carvajal Moraga, abogado, en favor de Patricia Salvo Ferrada, interponiendo recurso de protección en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en adecuar unilateralmente el precio del plan de salud del recurren

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