SIN INFORMACION

VERGEL IRLET / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO

Rol

Fecha

27 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Kevin Abel Canedo Cueto deduce recurso de protección en favor de don José Luís Vergel Irlet, venezolano, con domicilio en calle Florencia N°1419, comuna de San Miguel, en contra del Ministerio del Interior representado por don Álvaro Antonio Elizalde Soto, Abogado, con domicilio en Palacio de la Moneda S/N, comuna de Santiago, y del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, Sociólogo, con domicilio en San Antonio 580, comuna Santiago, por la omisión de pronunciamiento de su solicitud de nacionalización efectuada el 22 de agosto de 2022. Sostiene que las recurridas han vulnerado el principio de celeridad y el plazo establecido en el artículo 27 de la Ley 19.880 y, en consecuencia, el derecho de igualdad ante la ley. Pide que se ordene a los recurridos que se pronuncien definitivamente sobre su solicitud de nacionalización, con costas. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones señalando que la petición del recurrente fue realizada el 22 de agosto de 2022, la que luego de la tramitación de rigor se encuentra en etapa de “Resolución” desde el 25 de julio de 2024. Explica que la carta de nacionalización es una gracia que se concede en razón del mérito de quien la solicita, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente, los que detalla. Sostiene que el artículo 27 de la Ley Nº19.880, señala que el plazo del procedimiento administrativo podrá ́ser mayor a 6 meses cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, lo que ha ocurrido en la especie, debido al aumento exponencial de los flujos migratorios hacia el país, lo cual tuvo por consecuencia un aumento importante en la cantidad de solicitudes recibidas por la autoridad. Expone, además, que al mantener la recurrente residencia definitiva no sufre perjuicio alguno por la falta de pronunciamiento definitivo de su solicitud. Finalmente, solicita el rechazo de la presente acción constitucional de p

Fundamentos

motivos por los cuales el presente recurso no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de don José Luís Vergel Irlet, en contra del Ministerio del Interior y del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad N°1542-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintisiete de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Kevin Abel Canedo Cueto deduce recurso de protección en favor de don José Luís Vergel Irlet, venezolano, con domicilio en calle Florencia N°1419, comuna de San Miguel, en contra del Ministerio del Interior representado por don Álvaro Antonio Elizalde Soto, Abogado, con domicilio en Palacio

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