SIN INFORMACION

CARDOZO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES ONES

Rol

Fecha

26 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Comparece Daniela Brondi Salvo, abogada, en representación de BILMA CARDOZO CRUZ, de nacionalidad boliviana e interpone recurso de reclamación judicial del artículo 141 de la Ley 21.325, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber decretado la expulsión de la reclamante, mediante Resolución Exenta N°15144 de 29 de abril de 2025, notificada a la recurrente con fecha 30 de mayo del mismo año. Refiere que el reclamante tiene como pareja al chileno Jorge Lovera Mendoza, con quien tiene 3 hijos. Que producto de un hecho desafortunado y puntual en su vida, fue condenada el 27 de mayo de 2019, en causa ril 93 – 2019, del Tribunal Oral en Lo penal de Arica a la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, a una multa a beneficio fiscal, al pago de las costas, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena como autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes. El 24 de mayo del año 2023 se le concedió la libertad condicional. El 30 de mayo se le notificó el inicio del proceso sancionatorio en su contra de expulsión administrativa, momento en que evacuó sus descargos remitiendo documentación vía correo electrónico. Señala que, en diciembre de 2024, nuevamente fue notificada del inicio de un procedimiento sancionatorio, pero en esa oportunidad se hacía mención además a que tenía una medida de abandono del país, dado que le había sido rechazada una segunda residencia temporal. Sin embargo, la recurrente señala que nunca solicitó dicho beneficio. El 30 de mayo de este año y en su domicilio se le notificó la resolución recurrida, que dispuso su expulsión del país y además la prohibición de ingreso por 25 años. Señala que la recurrente acompañó en sus descargos documentación que acreditaba sus vínculos familiares (3 hijos chilenos) y precisa que el Servicio no llevó a cabo ninguna ponderación ni evaluación

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se dedujo recurso de reclamación especial fundado en el artículo 141 de la Ley 21.325 y su respectivo Reglamento, en contra de la Resolución Exenta N° 98 de 24 de abril de 2025, que dispuso la expulsión del reclamante de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 132 de la Ley antes señalada. SEGUNDO: Que, no fue cuestionado por la reclamante el hecho de haber sido condenada por el delito de tráfico y el haber aportado antecedentes a la autoridad migratoria durante el procedimiento sancionatorio de expulsión para su ponderación. TERCERO: Que, conforme al mérito de la documentación acompañada, el fundamento de la Resolución Exenta reclamada y que dispuso la expulsión del territorio nacional de la reclamante, obedece a la circunstancia que aquella fue condenada por uno de los delitos establecido en el artículo 32 número 5 en relación con el artículo 132, ambos de la Ley 21.325, esto es tráfico ilícito de drogas. CUARTO: Que, sin perjuicio de incurrir la reclamante en una de las hipótesis que autorizan su expulsión, lo cierto es que no puede desatenderse que la recurrente tiene tres hijos de nacionalidad chilena, lo que acreditó tanto en sus descargos en el proceso sancionatorio administrativo, como en el presente recurso, además de la edad de los niños y que ellos se encuentran debidamente escolarizados, demostrando su profundo arraigo familiar, todo lo cual debe hacer ceder el ius puniendi administrativo a fin de no afectar la unión familiar e interés superior de los niños.

Fallo

Por estas consideraciones y normas legales citadas, se declara: Que SE ACOGE, el reclamo deducido en favor de BILMA CARDOZO CRUZ en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, en consecuencia, se deja sin efecto la resolución exenta N°15144 de 29 de abril de 2025. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N°18-2025 Contencioso-Administrativo.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Arica Arica, veintiséis de junio de dos mil veinticinco. VISTO: Comparece Daniela Brondi Salvo, abogada, en representación de BILMA CARDOZO CRUZ, de nacionalidad boliviana e interpone recurso de reclamación judicial del artículo 141 de la Ley 21.325, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber decretado la expulsión de la reclamante, mediante Resolución Exenta N°15144 de 29

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica