MALDONADO VALDÉS JULIO ANDRÉS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)
Rol
Fecha
26 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Ricardo Cornejo Martínez y deduce recurso de amparo en favor de Julio Andrés Maldonado Valdés y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto ilegal en que había incurrido con motivo del rechazo del beneficio de libertad condicional, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Expone que su representado se encuentra cumpliendo la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en lugar destinado a la habitación y la pena de siete años ochenta y cuatro días de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de robo con fuerza en las cosas destinado a la habitación, en el CCP Colina I, en el Centro de Estudio y Trabajo. Precisa que el 4 noviembre de 2020 se dictó sentencia de unificación de penas en la última causa antes indicada, unificando las penas de los procesos antes mencionados en la única de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio y de acuerdo con la información entregada por Gendarmería de Chile registra como fecha de inicio de condena el 8 febrero 2019, estimándose como fecha de término el 17 de junio de 2028, ya habiendo considerado el tiempos de los respectivos abonos, además, el mínimo para postular a la libertad condicional se cumplió el 14 de febrero de 2025, por lo que esta apto para postular a dicho beneficio en el proceso de marzo de 2025, contando con buena conducta desde el primer bimestre de 2020 hasta la fecha. Señala que este último tiempo el amparado se ha dedicado a trabajar en las dependencias del Centro de Educación y Trabajo de Colina I, en el área de actividad laboral de Panadería, cumpliendo funciones laborales en el taller de mantención CET, desempeñando muy buena conducta. Habiendo iniciado un adecuado plan de intervención individual, la cual evidentemente favorece su proceso de reinserción so
Fundamentos
fundamentos que justifican la decisión que se reclama, pues, en efecto, es posible advertir que el postulante es un interno que se mantiene con una evaluación de riesgo de reincidencia alto, con necesidades de intervención que se están abordando en su plan de intervención individual, que aún no logra generar conciencia respecto del delito y daño ocasionado; sin embargo, además, el hecho de no contar con beneficios intrapenitenciarios, su salida abrupta al medio libre pudiera incidir en su reincidencia, considerando que aún queda tiempo de privación de libertad para poder obtenerlos y postular de mejor forma. El análisis de los antecedentes tenidos a la vista y reseñados en el párrafo que antecede permite concluir que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y en la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. La Comisión recurrida, por consiguiente, no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala y que esta Corte comparte, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 2° N° 3 del Decreto Ley N° 321, 12 del Decreto Supremo Nº 338 de 2019 del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso deducido en favor de Julio Andrés Maldonado Valdés, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y archívese. Amparo N°2349-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de junio de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Ricardo Cornejo Martínez y deduce recurso de amparo en favor de Julio Andrés Maldonado Valdés y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto ilegal en que había incurrido con motivo del rechazo del beneficio de libertad condicional, lo que vulneraría
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