SIN INFORMACION

LARA FLORES / ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL RUDOLF DECKWERTH DE LA CUMUNA DE PUENTE ALTO

Rol

Fecha

26 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Ana Lara Flores, en representación de su hijo menor de edad, Gustavo Amaru Nadeau Lara, interpone recurso de protección en contra del Establecimiento Educacional Rudolf Deckwerth de la comuna de Puente Alto y la Dirección Provincial Cordillera de Educación por ser discriminado atendido que presenta Trastorno del Espectro Autista, por lo que pide que se le otorgue un sobrecupo para la matrícula en 3° básico del Colegio Maipo de la comuna de Puente Alto. Segundo: Que informa la recurrida Establecimiento Educacional Rudolf Deckwerth señalando que actuó conforme a sus protocolos y no incurrió en faltas, añade que la apoderada tenía interés en mudar al niño a su anterior colegio más que en resolver los problemas en el Colegio Alemán. Tercero: Que informa la Dirección Provincial Cordillera de Educación manifestando que preguntaron a la Directora del Colegio Maipo por una posible matrícula, quien indica que se ha estado contactando a los apoderados de los estudiantes que se encuentran en los primeros lugares y que se encuentran a la espera de la aceptación o rechazo de la matrícula. Cuarto: Que informa la Superintendencia de Educación, explicando que el 25 de abril de 2025 se ingresó denuncia CAS-98374-W1Y0X1 a la Superintendencia, notificándose al establecimiento educacional el 12 de mayo de 2025, donde analizados los antecedentes entregados por éste, se concluyó que el establecimiento educacional ajusta su actuar a lo dispuesto por la normativa educacional. Quinto: Que informa el Colegio Maipo de la comuna de Puente Alto, explicando que debido al proceso de Sistema de Admisión Escolar (SAE) y la plataforma "Anótate en la lista" del Ministerio de Educación, el estudiante ha sido aceptado en el establecimiento. El apoderado debe acercarse al colegio el día 7 de julio, después de las vacaciones de invierno, para efectuar la matrícula. Además, expone, que es importante que confirme la aceptación del cupo a través del correo ele

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales se rechaza, la acción constitucional interpuesta por Ana Lara Flores. Regístrese y en su oportunidad, archívese. N° 1272-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Ana Lara Flores, en representación de su hijo menor de edad, Gustavo Amaru Nadeau Lara, interpone recurso de protección en contra del Establecimiento Educacional Rudolf Deckwerth de la comuna de Puente Alto y la Dirección Provincial Cordillera de Educación por ser discriminado atendido que presen

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