ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de junio de 2025
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de autos y la relación efectuada en la misma, estimándose por estos sentenciadores que lo resuelto por la jueza a quo se encuentra ajustado a derecho, únicamente estimando estos que se debe proceder a ajustar el número de cuotas de la modalidad de pago; y vistos además lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley N°19.968; se confirma la sentencia de fecha once de octubre de dos mil veinticuatro dictada por el Juzgado de Familia de Ancud, con declaración, de que el pago deberá efectuarse en 15 cuotas, manteniendo el monto y en todo lo demás, la referida resolución. No firma el Ministro don ...
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintiséis de junio de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de autos y la relación efectuada en la misma, estimándose por estos sentenciadores que lo resuelto por la jueza a quo se encuentra ajustado a derecho, únicamente estimando estos que se debe proceder a ajustar el número de cuotas de la modalidad de pago; y vistos además lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes
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