KATHERINE MARILEO GARCES CON PAMELA MONTAÑA MELIPILLAN Y OTRO
Rol
Fecha
26 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que de los antecedentes expuestos por la recurrente no aparecen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de aquellas indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, máxime cuando no se formulan peticiones concretas que resolver. Visto, además, lo que dispone el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto. Sin perjuicio de lo anterior, póngase en conocimiento de los antecedentes a la Superintendencia de Educación de Los Ríos. Regístrese digitalmente y archívese. N°Protección-527-2025. En Valdivia, veintiséis de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto. Sin perjuicio de lo anterior, póngase en conocimiento de los antecedentes a la Superintendencia de Educación de Los Ríos. Regístrese digitalmente y archívese. N°Protección-527-2025. En Valdivia, veintiséis de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintiséis de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Que de los antecedentes expuestos por la recurrente no aparecen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de aquellas indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, máxime cuando no se formulan peticiones concretas que resolver. Visto, además, lo que dispone el Auto Acordado de la E
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