C.A. de Antofagasta

DÍAZ/ISALUD ISAPRE DE CODELCO LIMITADA

Rol

48834-2022

Fecha

10 de enero de 2023

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos sextos, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Primero: Que, comparece la abogada Graciela Alicia Rojas Ramos, en representación de Rolando Ernesto Díaz Díaz, e interpone acción constitucional de protección en contra de Corporación Nacional del Cobre, División Chuquicamata, y en contra de Isalud Isapre de Codelco Ltda, por no permitir la modificación de su plan de salud para extender su cobertura de dos a cinco años en total. Señala que, fue trabajador de Codelco, División Chuquicamata, desde el 1 de enero de 1991 hasta el 30 de abril del 2020, relación laboral que terminó en el contexto de un egreso especial ofrecido por la empresa, en el que se ofrecía a los trabajadores una serie de beneficios, entre ellos, el de salud, que en su caso consistía, dado que aparentemente gozaba de buena salud, en la cobertura del 100% de las prestaciones de salud en el plan PEN2004 durante dos años. Sin embargo ello no era efectivo, puesto que previo al término de la relación laboral, mantenía una serie de malestares relacionados con el sistema digestivo, que fueron motivo de diversas consultas, sin que se identificara la causa del malestar, lo que al cabo de cinco meses de su egreso persistían procediendo a consultar con una especialista, quien indicó la realización de una serie de exámenes que arrojaron como diagnóstico que lo aquejaba un cáncer rectal grado III. Cabe señalar que su empleador contemplaba, como plan de egreso para aquellos trabajadores con afecciones de salud al momento del egreso, uno que garantizaba cinco años de atención médica, denominado plan de salud PEN2004. Sostiene que, la enfermedad que le diagnosticaron fue adquirida vigente la relación laboral, pero se detectó una vez concluida ésta, como consecuencia de las dificultades de acceder a una atención oportuna de salud por motivos de la pandemia. Solicita se ordene a las recurridas acceder al cambio del grupo 2 a 1 del Plan de Egreso, por el tiempo que le falte para cumplir cinco años y así continuar con su tratamiento médico. Segundo: Que, por sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, se rechazó la acción constitucional referida, señalando que de un primer análisis de los antecedentes no aparece patente que el recurrente hubiese sido mal encasillado en el plan de salud a su retiro, en tanto no hay elemento alguno que permita asegurar sin lugar a dudas que aquel tenía sus facultades para trabajar disminuidas, elemento esencial para calificar en el plan de salud que se pide aplicar, máxime cuando el reclamo se efectúa dos años después del encasillamiento (que lleva a demás a estimar que estaría vencido el plazo para recurrir por esta vía, sobre todo porque la enfermedad actual igual lleva mucho tiempo en tratamiento), por lo que, y conforme a lo informado por la recurrida Codelco y la documentación que acompaña, se puede apreciar que con fecha 18 de mayo de 2022, el actor ingresó el reclamo N°4060779, por el cual solicita a la Supe

Fallo

fallo en alzada, con excepción de sus fundamentos sextos, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Primero: Que, comparece la abogada Graciela Alicia Rojas Ramos, en representación de Rolando Ernesto Díaz Díaz, e interpone acción constitucional de protección en contra de Corporación Nacional del Cobre, División Chuquicamata, y en contra de Isalud Isapre de Codelco Ltda, por no permitir la modificación de su plan de salud para extender su cobertura de dos a cinco años en total. Señala que, fue trabajador de Codelco, División Chuquicamata, desde el 1 de enero de 1991 hasta el 30 de abril del 2020, relación laboral que terminó en el contexto de un egreso especial ofrecido por la empresa, en el que se ofrecía a los trabajadores una serie de beneficios, entre ellos, el de salud, que en su caso consistía, dado que aparentemente gozaba de buena salud, en la cobertura del 100% de las prestaciones de salud en el plan PEN2004 durante dos años. Sin embargo ello no era efectivo, puesto que previo al término de la relación laboral, mantenía una serie de malestares relacionados con el sistema digestivo, que fueron motivo de diversas consultas, sin que se identificara la causa del malestar, lo que al cabo de cinco meses de su egreso persistían procediendo a consultar con una especialista, quien indicó la realización de una serie de exámenes que arrojaron como diagnóstico que lo aquejaba un cáncer rectal grado III. Cabe señalar que su empleador contemplaba, como plan de

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Santiago, a diez de enero de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus fundamentos sextos, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Primero: Que, comparece la abogada Graciela Alicia Rojas Ramos, en representación de Rolando Ernesto Díaz Díaz, e interpone acción constitucional de protección en contra de Corporación Nacional del Cobre, Div

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