SIN INFORMACION

CHURA LEÓN, ANGÉLICA/JUZGADO DE GARANTÍA DE COQUIMBO

Rol

Fecha

25 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que comparece doña Eunice Epifani Villalobos, abogada defensora de confianza, interponiendo recurso de amparo en beneficio de ANGELICA CHURA LEON, ciudadana boliviana, dirigido en contra del JUZGADO DE GARANTÍA DE COQUIMBO, por la dictación de la resolución de 13 de junio de 2025 en causa RIT 333-2019, acto que señala ser ilegal y arbitrario por no acceder a la sustitución de la forma de cumplimiento efectivo de la condena por la de reclusión domiciliaria total, de forma que la amparada pueda dar a luz a su hijo en libertad, y así tener un parto asistido por red de apoyo y ejercer el derecho a la lactancia. Expone que, actualmente la amparada se encuentra en el Centro Penitenciario de Huachalalume, y mantiene un embarazo de casi 37 semanas, en una delicada situación de salud, perdida de muchas piezas dentales, descalcificación, entre otros. Actualmente se encuentra en el módulo 84 de mujeres con bajo compromiso delictual, iniciando su condena de 10 años y un día por el delito de tráfico de drogas, el 1 de marzo de 2019 con fecha de término de ésta el 2 de marzo de 2029. Señala que, la amparada presenta una clasificación de bajo compromiso delictual, mantiene conducta MUY BUENA en todos sus últimos bimestres y mantiene fecha mínima de postulación a libertad condicional en noviembre de 2025. Indica que la amparada se encuentra próxima a dar a luz, con atenciones médicas deficientes desde el Centro de cumplimiento penitenciario, los cuales se deben a diversos motivos, según informe médico que Gendarmería de Chile acompaña a la causa. Sin embargo, la amparada no ha recibido las atenciones mínimas según requieren los programas gubernamentales, a la fecha mantiene la pérdida de casi todas sus piezas dentales, placenta previa, cuadro ansioso adaptativo, ha sufrido sangrados y dolores abdominales que en más de una ocasión han terminado en el sistema primario de salud. Añade que, fue evaluada por psicóloga particular, doña Silvia Muñoz Oroz, y que la pericia de 11 de junio de 2025 señala: “A la fecha la referida tiene un embarazo avanzado de alto riesgo, señala estar perdiendo líquido amniótico, asociado a esta condición doña Angelica manifiesta pérdida de calcio provocando manchas en piezas dentales y anemia generándole fatiga y falta de energía. Además, fue posible evidenciar sintomatología asociada a sentimientos de tristeza, desamparo, alteración en los hábitos alimentarios y episodios de ansiedad, preocupación excesiva por sus hijos de 16 y 8 años quienes residen en Bolivia sugerir que sería beneficioso para ANGELICA CHURA LEÓN y su bebé el poder cumplir lo que resta de su condena en medio libre, ya que la referida cuenta con características psicológicas y sociales idóneas para la reinserción social como; no se evidencia peligro de fuga, evidencia conciencia del delito y arrepentimiento del mal causado, cuenta con plan de vida estable, red de apoyo que la respalda, y oficio con el cual se podría sustentar, además de ausencia

Fallo

por estas patologías no tratadas, además de una evidente infección en sus encías dado a la inflamación y enrojecimiento lo que le provoca sangrado y dolor, esto da cuenta de la importancia de contar con la atención necesaria de los profesionales de la salud en virtud de su etapa gestacional sin lograr prevenir enfermedades actuales y futuras para la referida y el niño por nacer, a las cuales doña Angelica no ha tenido acceso ya que se encuentra privada de libertad. Respecto con las redes de apoyo es importante señalar que la peritada presenta nacionalidad boliviana, por tanto, su familia de origen se encuentra en su país, tiene contacto con estos a través de medios remotos de acuerdo a las posibilidades que presenta la privación de libertad, es dable señalar que Angelica es madre de 2 NNA menores de edad quienes están al cuidado de su progenitora doña Alejandra, se observa a la peritada lábil emocionalmente cunado se refiere a sus hijos a los cuales no ve desde su salida de Bolivia y antes de la privación de libertad 7 años aproximadamente. Sin embrago en la actualidad doña Angelica cuenta con una robusta red de apoyo a través de lazos de amistad que establece en Chile, siendo esta doña Rosa Marín Zarricueta 63 años Jubilada y doña Leslie Carrizo Marín 33 años trabajadora dependiente ambas domiciliadas en Calle cuatro N°949, Parte Alta, Coquimbo. Cabe mencionar que Angelica conoce a doña Rosa a través de interna de la cual doña Rosa es abuela por línea paterna, como de igual

Texto Completo (Preview)

Chura León, Angelica Juzgado de Garantía de Coquimbo Recurso de Amparo Rol Nº352-2025.- La Serena, veinticinco de junio de dos mil veinticinco. Visto y considerando: PRIMERO: Que comparece doña Eunice Epifani Villalobos, abogada defensora de confianza, interponiendo recurso de amparo en beneficio de ANGELICA CHURA LEON, ciudadana boliviana, dirigido en contra del JUZGADO DE GARANTÍA DE COQUIMBO,

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