6º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DELESTADO DE CHILE/COMERCIAL SAN FRANCISCO LIMITADA LTE ACUM. ING. CORTE 9222-2021 VUELVE A TABLA.-

Rol

141259-2022

Fecha

9 de enero de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré tramitado ante el Sexto Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-27.184-2019, caratulado “Banco del Estado de Chile con Comercial San Francisco Limitada”, el ejecutado deduce recursos de casación en la forma y en el fondo contra la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha veintiocho de octubre de dos mil veintidós, que confirmó las de primer grado de uno de abril de dos mil veintiuno, que rechazó –por improcedente- el incidente de prescripción extintiva, y la de veintisiete de mayo de dos mil veintidós, que rechazó la tercería de posesión deducida. 2°.- Que el recurrente, en sus arbitrios de nulidad formal y sustancial, acota su reproche a la decisión de rechazar el incidente de prescripción interpuesto y no en relación a la tercería de posesión. 3°.- Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en la forma contra sentencias definitivas y contra sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. En tanto, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso - por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 4º.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni ha concluido el juicio o hecho imposible su prosecución, como tampoco se encuentra en la situación excepcional prevista en la primera de las normas citadas, razón por la cual los recursos de nulidad intentados en autos no serán admitidos a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por el abogado Julio César Cuadros Castillo, en representación del ejecutado, en contra de resolución de veintiocho de octubre de dos mil veintidós dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 141.259-22.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por el abogado Julio César Cuadros Castillo, en representación del ejecutado, en contra de resolución de veintiocho de octubre de dos mil veintidós dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 141.259-22.

Texto Completo (Preview)

1 2 Santiago, nueve de enero de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré tramitado ante el Sexto Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-27.184-2019, caratulado “Banco del Estado de Chile con Comercial San Francisco Limitada”, el ejecutado deduce recursos de casación en la forma y en el fondo contra la resolución dictada por la Cor

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