1º JUZGADO DE LETRAS DE CURICO

OLIVA/CONSTRUCTORA RUCAHUE LTDA.(ACUMULADA ROL 1653-2020 CIVIL)

Rol

139892-2022

Fecha

9 de enero de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios seguido ante el Primer Juzgado Civil de Curicó bajo el Rol C-2469-2018, caratulado “Oliva con Constructora Rucahue Limitada”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el demandante contra la sentencia dictada por Corte de Apelaciones de Talca de fecha once de octubre de dos mil veintidós, que confirmó el fallo de primer grado de treinta y uno de agosto de dos mil veinte, que acogió parcialmente la demanda, sólo en cuanto condenó a la demandada a pagar la suma de $3.032.846.- por daño emergente, rechazándose en los demás, con reajustes desde la fecha en que la presente resolución se encuentre ejecutoriada hasta la fecha de su cumplimiento total. Segundo: Que la recurrente, en primer lugar, funda su arbitrio de nulidad expresando que la sentencia infringió las leyes reguladoras de la prueba, en especial, los artículos 1698 y 1702 del Código Civil en relación con el artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, al no otorgar valor probatorio a los documentos acompañados, que dan cuenta que las obras adicionales no se encontraban incluidas en el presupuesto ni en el subcontrato objeto del juicio. En segundo lugar, la impugnante acusa transgresión a los artículos 1545, 1546, 1551, 1552, 1560, 1563, 1564 y 1498 del Código Civil, al rechazar la demanda en lo que dice relación con los perjuicios demandados por el pago de las obras adicionales. Por último, denuncia contravención a los artículos 1489 y 1551 del Código Civil, normas que se han dejado de aplicar, por la mala interpretación del contrato que ha desnaturalizado su contenido y alcance, denegando la indemnización por lucro cesante y daño moral. Finaliza solicitando que se invalide la sentencia y dicte una de reemplazo que acoja la demanda en todas sus partes o lo que se estime ajustado a derecho, con costas. Tercero: Que e

Fallo

fallo de primer grado de treinta y uno de agosto de dos mil veinte, que acogió parcialmente la demanda, sólo en cuanto condenó a la demandada a pagar la suma de $3.032.846.- por daño emergente, rechazándose en los demás, con reajustes desde la fecha en que la presente resolución se encuentre ejecutoriada hasta la fecha de su cumplimiento total. Segundo: Que la recurrente, en primer lugar, funda su arbitrio de nulidad expresando que la sentencia infringió las leyes reguladoras de la prueba, en especial, los artículos 1698 y 1702 del Código Civil en relación con el artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, al no otorgar valor probatorio a los documentos acompañados, que dan cuenta que las obras adicionales no se encontraban incluidas en el presupuesto ni en el subcontrato objeto del juicio. En segundo lugar, la impugnante acusa transgresión a los artículos 1545, 1546, 1551, 1552, 1560, 1563, 1564 y 1498 del Código Civil, al rechazar la demanda en lo que dice relación con los perjuicios demandados por el pago de las obras adicionales. Por último, denuncia contravención a los artículos 1489 y 1551 del Código Civil, normas que se han dejado de aplicar, por la mala interpretación del contrato que ha desnaturalizado su contenido y alcance, denegando la indemnización por lucro cesante y daño moral. Finaliza solicitando que se invalide la sentencia y dicte una de reemplazo que acoja la demanda en todas sus partes o lo que se estime ajustado a derecho, con costas. Tercer

Texto Completo (Preview)

Santiago, nueve de enero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios seguido ante el Primer Juzgado Civil de Curicó bajo el Rol C-2469-2018, caratulado “Oliva con Constructora Rucahue Limitada”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido po

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica