1º JUZGADO DE LETRAS DE RENGO

TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CON TORRES

Rol

Fecha

25 de junio de 2025

Materia

EXCEPCIONES ART. 179, RESOLUCIÓN

Resultado

ANULA DE OFICIO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que consta del cuaderno de excepciones respecto de la cobranza judicial de la Tesorería General de la República, Rol 10.200-2019 de la comuna de Requínoa, que con fecha 2 de agosto del año 2019, compareció el abogado Sr. Narciso Díaz Pino, en representación de Víctor Torres Vidal, representación que asumió mediante poder otorgado mediante escritura pública de mandato judicial otorgado el 29 de julio del año 2019, escrito que opone excepciones y que, para lo que importa, fue suscrita por el abogado mediante firma electrónica avanzada. 2.- Que como puede verse, el abogado cumplió con todas las formalidades aptas para comparecer en el proceso, dando cumplimiento a lo referido a las normas establecidas en el artículo 1 y 2 de la ley 18.120 y en especial a los artículos 6 y 7 de la ley Nº 20.886, de manera que el apercibimiento que efectuó el Tribunal al a la parte ejecutada, no resultaba apto. 3.- Que por lo anterior y más allá de ser o no efectivo de que el ejecutado haya podido visualizar la causa en la OJV, lo cierto es que, como se dijo, el mandato judicial fue acompañado en el proceso, ello

Fundamentos

considerando que el mismo comenzó en el cuaderno de cobranza que realiza Tesorería y que junto a la causa del juzgado, constituyen un solo proceso, y en él, el abogado había suscrito la presentación con firma electrónica avanzada, razón por la que dicho apercibimiento alteró la ritualidad del proceso a nivel que permite a esta Corte actuar de oficio y anular todo lo obrado a partir de la resolución de fecha 12 de octubre de 2021, en los términos que se dirá. Por lo anterior y lo dispuesto en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, se anula de oficio lo obrado en estos autos ROL C-400-2020 del Primer Juzgado de Letras de Rengo, a partir de la resolución de fecha doce de octubre de dos mil veintiuno que rola a folio 11 del cuaderno principal, en adelante, debiendo el juez no inhabilitado que corresponda, resolver la presentación de fecha nueve de octubre de dos mil veintiuno que consta a folio 10 del mismo cuaderno, como en derecho corresponda. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 843-2024-Civil.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, veinticinco de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1.- Que consta del cuaderno de excepciones respecto de la cobranza judicial de la Tesorería General de la República, Rol 10.200-2019 de la comuna de Requínoa, que con fecha 2 de agosto del año 2019, compareció el abogado Sr. Narciso Díaz Pino, en representación de Víctor Torres Vidal, representación que asumió medi

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