FLORES/BELLO
Rol
Fecha
25 de junio de 2025
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Vistos: En causa rol Nº C- 8- 2022, del Juzgado de Letras de Loncoche, caratulada “ Flores con Bello”, sobre demanda de reivindicación, se dictó sentencia definitiva de fecha 05 de de enero de 2024, que rechazó, en todas sus partes, la demanda reivindicatoria que motiva este proceso, sin costas. En contra de dicha sentencia se ha deducido, por la abogada de la demandante, recurso de casación en la forma y apelación, el primero de los cuales se plantea basado en la causal del artículo 768, número 5, en relación con artículo 170 números 4, 5 y 6, todos del Código de Procedimiento Civil y; el segundo de los recursos, fundado los artículos 889 y siguientes del Código Civil y artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Concedidos ambos recursos y elevados ante esta Corte, se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: A) En cuanto al recurso de casación en la forma. 1º) Que, en cuanto a la causal de invalidación formal planteada por el demandante, ella se sustenta en que el
Fallo
fallo recurrido ha sido dictado con infracción a lo dispuesto en el número 5 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haber sido la sentencia pronunciada con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el artículo 170 del mismo texto legal. Sostiene el recurrente que los vicios y/o defectos en que se funda este recurso, son los del artículo 768 N° 5 en relación con el artículo 170 N° 4°, 5° y 6° del Código de Procedimiento Civil, en concreto, la ausencia de consideraciones de hecho y de derecho sobre la prueba documental, testimonial y pericial, al no contrastar con estos la finca material, registral y catastral, conforme datos aportados en los escritos de demanda, réplica y otros del período de discusión, con consecuencia en la falta de decisión del asunto controvertido. Señala que el fundamento del rechazo de la demanda, según los considerandos décimo quinto a vigésimo primero del fallo impugnado, obedece a que, según el juez a quo, el predio objeto de la acción reivindicatoria no fue debidamente singularizado. Afirma que dicha conclusión constituye una afirmación abstracta, desprovista de sustento fáctico necesario, pues no se condice con lo expuesto en los escritos que conforman la etapa de discusión del litigio, a saber, demanda, contestación y demandada reconvencional, réplicas y dúplicas, recaídas en la demanda principal y reconvencional y, menos aún, con la abundante prueba documental, títulos de dominio de los predios de la demandant
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C.A. de Temuco Temuco, veinticinco de junio de dos mil veinticinco. Vistos: En causa rol Nº C- 8- 2022, del Juzgado de Letras de Loncoche, caratulada “ Flores con Bello”, sobre demanda de reivindicación, se dictó sentencia definitiva de fecha 05 de de enero de 2024, que rechazó, en todas sus partes, la demanda reivindicatoria que motiva este proceso, sin costas. En contra de dicha sentencia se ha
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