GARCÍA/CORPORACION NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA
Rol
Fecha
24 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente que el documento acompañado a folio N°1 da cuenta que el domicilio de la recurrente corresponde a la comuna de Alto Hospicio y, visto lo dispuesto en el artículo primero y segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara INCOMPETENTE esta Corte para conocer de la presente acción constitucional, debiendo remitirse los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Iquique para el conocimiento y resolución del presente recurso. Comuníquese por la vía más expedita. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese. N°Protección-2543-2025. (mft/cwm)
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, se declara INCOMPETENTE esta Corte para conocer de la presente acción constitucional, debiendo remitirse los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Iquique para el conocimiento y resolución del presente recurso. Comuníquese por la vía más expedita. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese. N°Protección-2543-2025. (mft/cwm)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. A la presentación de folio 1: Estese al mérito de lo que se resolverá. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, especialmente que el documento acompañado a folio N°1 da cuenta que el domicilio de la recurrente corresponde a la comuna de Alto Hospicio y, visto lo dispuesto en el artículo primero y segundo del Auto Acordado
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