TALAL ABU-GHAZALEH FOR TECHNOLOGIES/MAPAM CHILE SPA
Rol
Fecha
26 de junio de 2025
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil. 2° Que, por otra parte, el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que no posee la resolución en alzada, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veinticinco de abril del año dos mil veinticinco, contra lo pertinente de la resolución de diecisiete de abril del mismo año. Comuníquese. N°Civil-7577-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veinticinco de abril del año dos mil veinticinco, contra lo pertinente de la resolución de diecisiete de abril del mismo año. Comuníquese. N°Civil-7577-2025.
Texto Completo (Preview)
mbaa C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de junio de dos mil veinticinco. Al folio N°3: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1° Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil. 2° Que, por otra parte, el recurso de apelación, e
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