SIN INFORMACION

PINEDA/MINISTERIO DEL INTERIOR, MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

24 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Karla Yoselyn Pineda Pineda, RUT N° 26.354.646-6, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Lapro acción se dirige en contra de su Director Nacional, don Luis Eduardo Thayer Correa, RUT N° 12.627.882-9. El acto que se considera ilegal y arbitrario es la omisión en la emisión de una resolución exenta que ponga fin al procedimiento administrativo, la cual rechaza la Solicitud de Residencia Definitiva N° 22657393 de la recurrente y dispone su abandono del país. Dicha actuación, a juicio de la recurrente, vulnera el principio de igualdad ante la ley, garantizado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley N° 19.880. Por lo expuesto, la recurrente solicita que se acoja el presente recurso, se deje sin efecto la omisión, se apruebe la Solicitud de Residencia Definitiva, o se otorgue otra residencia temporal o un plazo prudente para remitir nuevamente la documentación a subsanar, y se revoque la solicitud de abandono. Señala que ingresó al país en calidad de turista. Posteriormente, obtuvo una visa temporal, la cual, una vez vencida, la llevó a solicitar una prórroga de residencia temporal el 9 de octubre de 2020, bajo el número de solicitud 10128733 y folio 9274248. En forma concomitante a esta solicitud, la recurrente efectuó el cálculo y pago de una multa, cuyo comprobante fue enviado a la Oficina de Partes, ubicada en Chacabuco 1216, mediante un recibo de envío express de Correos de Chile el 14 de mayo de 2020, bajo el número 3075932141029. El 9 de mayo de 2021, transcurridos ocho meses desde la solicitud de prórroga, doña Karla Yoselyn Pineda Pineda recibió una notificación que le indicaba la necesidad de solicitar la residencia definitiva. En atención a ello, la recurrente procedió a realiza

Fallo

Por lo expuesto, la recurrente solicita que se acoja el presente recurso, se deje sin efecto la omisión, se apruebe la Solicitud de Residencia Definitiva, o se otorgue otra residencia temporal o un plazo prudente para remitir nuevamente la documentación a subsanar, y se revoque la solicitud de abandono. Señala que ingresó al país en calidad de turista. Posteriormente, obtuvo una visa temporal, la cual, una vez vencida, la llevó a solicitar una prórroga de residencia temporal el 9 de octubre de 2020, bajo el número de solicitud 10128733 y folio 9274248. En forma concomitante a esta solicitud, la recurrente efectuó el cálculo y pago de una multa, cuyo comprobante fue enviado a la Oficina de Partes, ubicada en Chacabuco 1216, mediante un recibo de envío express de Correos de Chile el 14 de mayo de 2020, bajo el número 3075932141029. El 9 de mayo de 2021, transcurridos ocho meses desde la solicitud de prórroga, doña Karla Yoselyn Pineda Pineda recibió una notificación que le indicaba la necesidad de solicitar la residencia definitiva. En atención a ello, la recurrente procedió a realizar dicha solicitud el 18 de mayo de 2021, según consta en el certificado número 226573393 y folio 14998628. Dicha solicitud obtuvo un "previo rechazo" el 23 de octubre de 2024, según certificado número 66798111. En este "previo rechazo", se le exigía el pago de una multa que la recurrente aduce haber pagado y enviado previamente a las oficinas de partes el 14 de mayo de 2020. Posteriormente, el 7

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Karla Yoselyn Pineda Pineda, RUT N° 26.354.646-6, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Lapro acción se dirige en contra de su Directo

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