GUEVARA ARAYA DANILO ISRAEL/JUZGADO DE FAMILIA DE PUDAHUEL
Rol
Fecha
24 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado José Arellano Espinoza, por don Danilo Israel Guevara Araya, quien deduce acción constitucional de amparo en contra del Juzgado de Familia de Pudahuel, por la resolución dictada con fecha 21 de marzo de 2025, en los autos sobre cumplimiento de alimentos caratulados “GUEVARA con RODRIGUEZ” Rit Z-692-2022, que decretó una orden de arresto en su contra, la cual solicita dejar sin efecto. Expone que luego, de diferentes dificultades con la madre de sus hijas, las que incluyen el cuidado de las mismas por parte del amparado, a comienzos de 2023, se llegó a una resolución de pensión, fijándose el monto pactado por ambas hijas, el cual ha tratado de pagar de forma constante. En mayo de 2025 fue notificado por primera vez sobre una deuda de pensión alimenticia correspondiente al año 2011, de la cual nunca recibió aviso ni información previa, y atendido al hecho a que ellos se habían separado, pero reanudaron la vida en común por casi 10 años, haciéndose cargo de todos los gastos que conlleva vivir en pareja y sus hijas. A pesar de esto, se emitió una orden de arresto nocturno en su contra con fecha 21 de marzo del presente. Agrega que el 25 de mayo objetó la liquidación de fecha 07 del mismo mes que certificaba una deuda de 394,07931 UTM, equivalentes al 05 de junio del presente año a $27.106.745, monto que alega como erróneo e improcedente, ya que el tiempo que reanudó la vida en común con sus hijas y pareja se hizo cargo de todos los gastos de la familia. Indica que, el 26 de mayo solicitó al Tribunal una imputación al pago y llamar a audiencia incidental para la redición de prueba testimonial, documental y pericial acerca del cumplimiento efectivo de la obligación alimentaria, a lo que el Tribunal no hizo lugar. Alega que siempre asumió su responsabilidad incluso antes de que se estableciera legalmente la pensión, y, que tiene comprobantes de todos los depósitos realizados, incluyendo ayudas adicionales cu
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso que regula la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido a favor de Danilo Israel Guevara Araya, y en contra del Juzgado de Familia de Pudahuel. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2499-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado José Arellano Espinoza, por don Danilo Israel Guevara Araya, quien deduce acción constitucional de amparo en contra del Juzgado de Familia de Pudahuel, por la resolución dictada con fecha 21 de marzo de 2025, en los autos sobre cumplimiento de alimentos caratulados
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