RAFAEL PICHÚN COLLONAO/JUZGADO DE GARANTÍA DE LOS ANGELES (ACUMULADO ROL AMPARO 347-2025)
Rol
Fecha
24 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece Victoria Amanda Bórquez Concha, RUT 17.615.765-8 y Josefa Ainardi Delgado, RUT 18.142.404-4, abogadas y domiciliadas para estos efectos en calle General Cruz 1758, comuna de Concepción, por el imputado RAFAEL PICHÚN COLLONAO, RUT 15.229.146-9 quien se encuentra sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en la causa RIT 3710 - 2023, RUC 2301112880-7 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles; y en contra de la resolución del 6 de junio del 2025, pronunciada por la magistrada Soledad García Nanning Jueza de Garantía de Los Ángeles, por medio de la cual, ilegal y arbitrariamente reprogramó sin fundamento plausible la audiencia de preparación de juicio oral que se encontraba programada para el día 10 de junio del 2025, quedando como fecha nueva el día 08 de julio del 2025. Funda su recurso señalando que el amparado fue formalizado en la presente causa con fecha 13 de abril de 2024, momento desde el que se encuentra sujeto a prisión preventiva, se cerró la investigación en audiencia del 24 de septiembre del 2024, tras el apercibimiento de cierre planteado por las defensas. Se acusó y se fijó audiencia de preparación de juicio oral para el 27 de noviembre del 2024, la que fue reprogramada para el día 2 de enero del 2025, atendida la gravedad de los hechos acusados, lo extenso de la carpeta de investigación, el hecho de ser la primera audiencia de preparación y, además, para poder analizar algún tipo de salida distinta al juicio oral que beneficiara a los imputados. El día 2 de enero del 2025, la co-imputada en esta causa le confiere patrocinio y poder al colega defensor particular don Sergio Millamán, solicitando nueva fecha, la que se otorga sin oposición, reprogramándose la preparación de juicio oral para el día 5 de febrero del 2025. Llegado el día 5 de febrero del 2025, las defensas de 6 de los 7 imputados solicitan por primera vez nueva fecha para la realización de la audiencia de preparación de juicio oral, ya que existían pericia criminalíst
Fundamentos
motivos de administración del tribunal no imputables a la defensa, en lo particular, la carga laboral del juzgado por la falta de jueces habilitados para la realización de dicha audiencia indicando que solo hay 2 magistrados en dicho tribunal de garantía, vulnerando directamente su libertad personal al encontrarse sometido a prisión preventiva, la cautelar más gravosa existente en nuestro ordenamiento jurídico, de manera ilegítima infringiendo su derecho a ser juzgado en un plazo razonable, en la esfera del Debido Proceso, anteponiendo una cuestión meramente administrativa por sobre Garantías Fundamentales, establecidas en la Constitución Política y en tratados internacionales que versan sobre la materia. Finaliza solicitando, acogerlo por considerar ilegal y arbitraria su resolución, ordenando la realización de la audiencia de preparación de juicio oral en el plazo más breve posible, reestableciendo el imperio del derecho. Informa ALICIA VALENTINA BRAVO OJEDA, en su calidad de Jueza Presidenta del Comité de Juezas del Tribunal de Garantía de Los Ángeles, señalando que se han fijado las siguientes fechas de Audiencias de Preparación de Juicio Oral: 27 de noviembre de 2024, 2 de enero de 2025, 5 de febrero de 2025, 27 de marzo de 2025, 30 de abril de 2025 y 6 de mayo de 2025, reprogramaciones efectuadas principalmente a solicitud de las distintas defensas de los imputados. Que, efectivamente las audiencias de preparación de juicio oral de fechas 22 de mayo de 2025 y 6 de junio de 2025 se reprogramaron de oficio por parte del Tribunal, al encontrarse sólo dos juezas en funciones, situación que ha sido puesta en conocimiento de la Corte, lo que llevado a efectuar diversas reprogramaciones. Que, si bien en la presente causa existen imputados privados de libertad, la extensión de las acusaciones, de la prueba ofrecida, cantidad de delitos e imputados, ha significado una serie de coordinaciones por parte de este Tribunal a fin de disponer de una jueza que se aboque sólo al desarrollo de la audiencia de preparación de juicio oral, para lo cual es necesario contar a lo menos con tres jueces en funciones, situación que partir del 14 de abril del presente año prácticamente no ha ocurrido. La situación de hecho descrita fue lo que llevó a reprogramar de oficio la Audiencia de Preparación de Juicio oral en las dos ocasiones alegadas por los recurrentes, ya que su realización habría significado el reagendamiento de un número significativo de audiencias de diversas materias al quedar una jueza dedicada en forma simultánea a dirigir audiencias urgentes previamente agendadas conjuntamente con el turno y la segunda jueza dedicado sólo a la presente causa. Que, según la información que se ha recepcionado en este Tribunal en relación a posible nombramiento de juez suplente por feriado legal de una de las juezas, se debería contar con tres jueces en funciones la semana del 30 de junio de 2025, razón por la cual hoy se procedió por resolución de esta fecha a ade
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de RAFAEL PICHÚN COLLONAO. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. Redacción ministra interina Claudia Vilches Toro. Rol N°Amparo-345-2025
Texto Completo (Preview)
Concepción, veintitrés de junio de dos mil veinticinco. VISTO: Comparece Victoria Amanda Bórquez Concha, RUT 17.615.765-8 y Josefa Ainardi Delgado, RUT 18.142.404-4, abogadas y domiciliadas para estos efectos en calle General Cruz 1758, comuna de Concepción, por el imputado RAFAEL PICHÚN COLLONAO, RUT 15.229.146-9 quien se encuentra sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en la causa RI
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