ENERTRON ENERGIA Y GENERACION LTDA/DIRECCIÓN MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS VUELVE A TABLA.-
Rol
Fecha
24 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Agustín Walker Del Río, abogado, en representación de Enertrón Energía y Generación Limitada, interponiendo recurso de reclamación del artículo 137 del Código de Aguas en contra de la Resolución DGA (Exenta) N°1192 de 10 de mayo de 2024, mediante la cual la Dirección General de Aguas acogió parcialmente un recurso de reconsideración, eliminando solo 4 de 7 numerales del Listado de Derechos de Aprovechamiento de Aguas afectos al pago de patente por no utilización de las aguas para el proceso 2024, desestimando además la solicitud de eliminar dichos numerales de listados anteriores, lo que el reclamante considera ilegal por falta de fundamentación y por infringir las normas del Código de Aguas. Señala que con fecha 26 de febrero de 2024 dedujo recurso de reconsideración en contra de la Resolución DGA Exenta N°3978 de 28 de diciembre de 2023, que fijó el listado de derechos afectos a patente por no utilización de aguas para el proceso 2024. En dicho recurso, solicitó la eliminación de las patentes correspondientes a los correlativos N°8309, N°10920, N°10921, N°6599, N°7703, N°7704 y N°7705, argumentando que los derechos de aprovechamiento asociados fueron renunciados conforme a las formalidades legales antes del 31 de agosto de 2023. Adicionalmente, solicitó excluir dichos derechos de los listados anteriores de patentes por no uso. La DGA, mediante la resolución reclamada, acogió parcialmente el recurso, eliminando solo 4 de los 7 numerales indicados. Respecto a los correlativos N°7703, 7704 y 7705, si bien reconoció que la renuncia cumplió con las formalidades legales, consideró que su inscripción marginal el 05 de septiembre de 2023 fue posterior al plazo del 31 de agosto. En cuanto a la solicitud de eliminación de listados anteriores, la desestimó citando un dictamen de la Contraloría General de la República que indica que la renuncia solo produce efectos hacia el futuro. Como
Fundamentos
fundamentos de derecho argumenta que: a) La patente por no uso solo puede ejecutarse en el derecho de aprovechamiento al que accede, constituyendo una excepción al derecho de prenda general; b) Las reglas de interpretación del Código Civil refrendan lo anterior; c) La patente constituye una carga real que accede a un derecho real, por lo que extinto el derecho principal se extingue la carga; d) La patente se define como una obligación propter rem o ambulatoria; e) La extinción de las patentes de períodos anteriores tiene como fuente la ley; y f) La DGA es el servicio público girador competente para eliminar y modificar los cobros. En definitiva, solicita se acoja el recurso de reclamación, se exima a la reclamante del pago de patente por no uso, modificando y eliminando el cobro de las patentes correlativos 7703, 7704 y 7705 del Listado 2024 y se eliminen los correlativos N°8309, 10920, 10921, 6599, 7703, 7704 y 7705 de los listados desde 2012 a 2023. SEGUNDO: Que, comparece don Christian Gatica Escobar, abogado, por la Dirección General de Aguas y evacua el informe solicitado en el recurso de reclamación Rol 390-2024, caratulado "ENERTRON ENERGIA Y GENERACION LTDA/DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS". Refiere que Enertrón Energía y Generación Limitada era titular de siete derechos de aprovechamiento de aguas no consuntivos, identificados con los números correlativos 8309, 10920, 10921, 6599, 7703, 7704 y 7705. Con fecha 28 de junio de 2023, mediante escritura pública repertorio N° 6326/2023, la empresa renunció a los derechos correspondientes a los correlativos 8309, 10920, 10921 y 6599, inscribiéndose dichas renuncias al margen de sus respectivas inscripciones los días 24 y 28 de agosto de 2023. Posteriormente, el 17 de agosto de 2023, mediante escritura pública repertorio N° 8851/2023, renunció a los derechos correspondientes a los correlativos 7703, 7704 y 7705, inscribiéndose esta renuncia el 05 de septiembre de 2023. El 31 de agosto de 2023, la Dirección General de Aguas determinó los derechos sujetos al pago de patente por no utilización de aguas. Mediante Resolución (Exenta) N° 3978 de 28 de diciembre de 2023, fijó el listado de derechos afectos a patente para el proceso 2024, incluyendo los siete derechos antes mencionados. Frente a esto, la empresa interpuso recurso de reconsideración, el cual fue acogido parcialmente mediante Resolución DGA (Exenta) N° 1192 de 10 de mayo de 2024, eliminando del listado los correlativos 6599, 8309, 10920 y 10921, pero manteniendo los correlativos 7703, 7704 y 7705. Así las cosas, solicita el rechazo del reclamo, en base a que el recurso de reclamación del artículo 137 del Código de Aguas constituye una revisión de legalidad del acto administrativo, no una segunda instancia para revisar aspectos técnicos. Al efecto, explica que las causales de exención para el pago de patentes son taxativas según los artículos 129 bis 4 y siguientes del Código de Aguas, no existiendo ninguna aplicable al caso. Agrega que l
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 137 del Código de Aguas, se rechaza el recurso de reclamación deducido por de Enertrón Energía y Generación Limitada en contra de la Resolución (Exenta) N°1192 de 10 de mayo de 2024 de la Dirección General de Aguas. Regístrese y archívese. Redacción de la abogada integrante señora Catalina Infante. No firma el ministro (S) señor Fernando Carreño, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente. Contencioso Administrativo N°390-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Agustín Walker Del Río, abogado, en representación de Enertrón Energía y Generación Limitada, interponiendo recurso de reclamación del artículo 137 del Código de Aguas en contra de la Resolución DGA (Exenta) N°1192 de 10 de mayo de 2024, mediante la cual la Dirección Ge
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