13º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ABUDNIK SPA/GETTO

Rol

Fecha

1 de agosto de 2025

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener  la formulación de peticiones concretas y los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho en que ésta se apoya, siendo de máxima importancia esta obligación ya que definen el asunto que debe ser conocido en el Tribunal de Alzada. Que la apelación de fecha veinticinco de abril de dos mil veinticinco, carece de fundamentos de derecho, no resultando suficiente la enunciación de las objeciones que se plantean frente a la resolución emanada del Tribunal a quo, razón por la cual y atendido lo establecido en el párrafo precedente, el recurso de apelación no puede prosperar.  Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha veinticinco de abril de dos mil veinticinco, en contra de la resolución veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. Regístrese y comuníquese. N°Civil-9515-2025.kom

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C.A. de Santiago Santiago, uno de agosto de dos mil veinticinco. Por ingresado a despacho con esta fecha. Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener  la formulación de peticiones concretas y los fundamentos de hecho y de derecho en que ésta se apoya, siendo de máxima importancia esta obligación ya que definen e

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