SIN INFORMACION

SILVA/PÉREZ

Rol

Fecha

23 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1 comparece Boris Bórquez Bórquez, abogado, en representación del señor Adán Silva Silva, exfuncionario de Carabineros de Chile, en contra de esta Contraloría General de la República por haber emitido el Dictamen Folio E56918/2025 de fecha 09 de abril de 2025, cuyo acto deviene en ilegal y arbitrario, priva, perturba y amenaza gravemente los derechos y garantías constitucionales del ex funcionario de Carabineros que represento artículo 19, N° 2 y N° 3. Expone que por medio de la Resolución Exenta N° N° 472, de fecha 19 de agosto de 2018 de la Prefectura Santiago Cordillera, se dispuso la Baja con efectos inmediatos del Ex Cabo 2° Adán Teodoro Silva Silva, porque: “…porque el día 18.08.2018, encontrándose a cargo de la patrulla motorizada de Segundo Turno en la Población acompañado del entonces Cabo 2° IVÁN PATRICIO ALVAREZ ESPINOZA, luego de finalizar un procedimiento en virtud de delito flagrante por Ley N° 20.000, incautando desde el interior de un domicilio particular ubicado en la Parcela N° 18, sin número, comuna de Puente Alto, la suma de $ 38.270 en efectivo; una bolsa contenedora de 399 grs. de pasta base de cocaína y un monedero de color café en que contenía 73 envoltorios de papel cuadriculado, con 20 grs 700 mg, procedimiento que trasladaron a la 66ª Comisaría “Bajos de 3 Mena”, para luego los imputados dar cuenta que el personal aprehensor les habían sustraído $200.000, en dinero efectivo. Agrava lo anterior que el citado ex Cabo 2°, era el más antiguo, ya que se encontraba a cargo de la patrulla, adoptando el procedimiento, dando margen a que los imputados reclamaran por la sustracción del dinero, como, asimismo, y en virtud a la importancia del procedimiento, el exfuncionario debió dar cuenta al Sr. Comisario de Servicio u Oficial más antiguo, situación que no ocurrió, como tampoco existen circunstancias en los libros u hoja de ruta del procedimiento en cuestión. Señala que con motivo de los hechos por los cuales fue acusado su represe

Fundamentos

motivos por los cuales dicha normativa, contemplada para los funcionarios regidos por el Estatuto Administrativo, no resulta aplicable al personal de nombramiento institucional de Carabineros de Chile como ocurre en su caso, al cual se le ha dispuesto la baja por conducta mala con efectos inmediatos. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando I.- En cuanto a la alegación de falta de legitimación pasiva Primero: Que, en relación a dicha alegación, el actor recurre, en lo que respecta a la Contraloría Regional, en contra de la resolución oficio N° E56.918, de 2025, que rechazó reclamo en sumario administrativo, resolución dictada por la Contraloría General de la República,

Fallo

por tanto, a la fecha de dictación del acto administrativo terminal, sólo habían transcurrido 4 años, un mes y veinticinco días; en tanto que, el hecho de haber sido absuelto en sede penal no era una eximente para la autoridad, para haber aplicado en su contra una medida disciplinaria. Finalmente solicita dejar sin efecto la sanción expulsiva que le fuera aplicada, por configurarse a su favor el sobreseimiento del sumario administrativo, al configurarse la extinción de la responsabilidad administrativa por la prescripción de la acción disciplinaria y disponer cualquier otra medida que SS. Ilustrísima estime pertinente destinada a restablecer el imperio del derecho y amparar las garantías constitucionales con costas. Informando la Contraloría General de la Republica, solicita el rechazo del recurso de protección. Expone de forma detallada la cronología de los actos administrativos que culminó con el acto que por esta vía se reclama correspondiente al oficio N° E56918, de 2025, que desestimó reclamo de ilegalidad realizado por el recurrente, en lo tocante a la prescripción, basado en que al existir hechos constitutivos de delitos la acción disciplinaria prescribe conjuntamente con la acción penal, la cual, en la especie, corresponde al plazo de cinco años, y habiendo transcurrido entre la acción reprochada y la resolución N° 78, de 2022, el plazo de 4 años, 1 mes y 25 días, la acción disciplinaria no se encontraba prescrita Agrega, que existiría falta de legitimación pasiva,

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veintitrés de junio de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1 comparece Boris Bórquez Bórquez, abogado, en representación del señor Adán Silva Silva, exfuncionario de Carabineros de Chile, en contra de esta Contraloría General de la República por haber emitido el Dictamen Folio E56918/2025 de fecha 09 de abril de 2025, cuyo acto deviene en ilegal y arbitrario, priva, pe

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