SIN INFORMACION

CÁCERES/I. MUNICIPALIDAD DE TALCA (DAEM)

Rol

Fecha

23 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurre de protección la abogada doña María Antonieta Cáceres Gueudinot, en representación de doña María Antonieta Gueudinot Vergara, y en contra de la Municipalidad de Talca, representada por su Alcalde don Juan Carlos Díaz, por haber extraviado o perdido inexcusablemente, (infringiendo su deber de cuidado y custodia), todo antecedente de la construcción de la propiedad de doña María Antonieta Gueudinot Vergara, causándole con ello graves perjuicios y perjudicando su derecho de dominio. Expone en su recurso que su representada y madre es propietaria del inmueble de calle Dos Poniente 1261, comuna de Talca. Añade que adquirió el referido inmueble en el año 1969 y 1972 siendo su último título de dominio inscrito en el año 2017. Hace mención, seguidamente, de los actos jurídicos de adquisición del mencionado bien raíz, así como aquellos correspondientes a la construcción, los que comienzan en el permiso de edificación de obra nueva N° 00016 ,de fecha 12 de noviembre de 1969, autorizó a doña María Antonieta Gueudinot Vergara, “para edificar en su propiedad ubicada en calle Dos Poniente, entre uno y dos norte” y que desde esa fecha y hasta el año 2016, doña María Antonieta Gueudinot Vergara habitó de manera ininterrumpida, con su grupo familiar, primero compuesto por su marido y sus tres hijos y posteriormente y exclusivamente con su marido hasta su fallecimiento en el año 2015. Además, según relata, en tiempo previo a su cambio de domicilio, habilitó un sector de su casa, cambiando el destino de la propiedad de habitacional a oficina, y pagó patente para el ejercicio de su profesión de abogada en rentas municipales. Continúa relatando que según consta que con fecha 14 de enero de 2025, su representada, solicitó a la I. Municipalidad de Talca, Permiso de edificación, recepción municipal, planos de arquitectura, especificaciones técnicas de su propiedad, ubicada en calle, 2 Poniente 1261, rol 734-25 y que, de acuerdo a la respuesta textual de la recurrida, sólo contaba esta con “una copia de la reducción del permiso de edificación a escritura, documento con el cual hemos otorgado el certificado de antecedentes, por lo tanto, no contamos con antecedentes del Permiso y recepción solicitado” Como derechos vulnerados señala el de Propiedad, debido a que, según sostiene, deja la casa de su representada, en tierra de nadie o incertidumbre legal respecto de la construcción; pone de su cargo la obligación de regularización y custodia de documentos que tienen origen Municipal, como son las resoluciones administrativas de permiso de edificación y recepción final; convierte a doña María Antonieta Gueudinot Vergara, en vulnerable a sanciones y fiscalización de Inspectores Municipales por falta a la Ley General de Urbanismo y Construcción; Expone a la misma recurrente, a pago de derechos municipale por construcción y recepción municipal. a no poder cumplir con la construcción actual a los requisitos de constructibilidad que se exigen h

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, la acción constitucional deducida por la abogada doña María Antonieta Cáceres Gueudinot, en representación de doña María Antonieta Gueudinot Vergara, y en contra de la Municipalidad de Talca, por la omisión en la entrega de antecedentes de la construcción de la propiedad de doña María Antonieta Gueudinot Vergara, ubicada en 2 Poniente 1261, de esta ciudad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad.  Redacción del abogado Integrante Rodrigo Medina Jara. Rol N° 203-2025/Protección. N°Protección-203-2025.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintitrés de junio de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurre de protección la abogada doña María Antonieta Cáceres Gueudinot, en representación de doña María Antonieta Gueudinot Vergara, y en contra de la Municipalidad de Talca, representada por su Alcalde don Juan Carlos Díaz, por haber extraviado o perdido inexcusablemente, (infringiendo su deber de cuidado y c

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica