JUZGADO DE FAMILIA VIÑA DEL MAR

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

23 de junio de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la resolución impugnada, rechaza una objeción de liquidación practicada en autos, resulta inapelable según lo dispuesto en el artículo 12 inciso 7° de la Ley 14.908, se declara inadmisible, por improcedente el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de cinco de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de Viña del Mar. Proveyendo a folio 4 “Declare inadmisibilidad recurso”: Atendido lo resuelto precedentemente, estese al mérito de autos. Devuélvase. N°Familia-914-2025.

Fallo

se declara inadmisible, por improcedente el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de cinco de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de Viña del Mar. Proveyendo a folio 4 “Declare inadmisibilidad recurso”: Atendido lo resuelto precedentemente, estese al mérito de autos. Devuélvase. N°Familia-914-2025.

Texto Completo (Preview)

Dgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de junio de dos mil veinticinco. Proveyendo derechamente a folio 1 “Ingreso recurso”: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la resolución impugnada, rechaza una objeción de liquidación practicada en autos, resulta inapelable según lo dispuesto en el artículo 12 inciso 7° de la Ley 14.908, se declara inadmisible, por improcedent

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica