CRISOSTOMO ARANCIBIA ROMINA ISABEL/ENEL DISTRIBUCION CHILE SA
Rol
Fecha
23 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°) Que los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso atendida su naturaleza cautelar y, asimismo, siendo el acto impugnado en definitiva el cumplimiento resolución judicial dictada por el Juzgado de Letras de Colina, el asunto se encuentra sometido al imperio del derecho, no siendo susceptible de impugnación por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-13779-2025. dbz
Fallo
fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-13779-2025. dbz
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago cdo Santiago, veintitrés de junio de dos mil veinticinco. Al folio 5: A lo principal, téngase por cumplido lo ordenado mediante resolución de fecha trece de junio de dos mil veinticinco. En cuanto a los documentos acompañados, a sus antecedentes. Estese a lo que se resolverá: Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del d
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